Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Urgente!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #149921  por ignacio vieytes
 
Con motivo de una audiencia en la que me presento mañana después del mediodía, necesito estar seguro si hay alguna ley, cuál??, que determine que los profesionales cobremos sólo hasta 2 haberes como honorarios. Muchas Gracias!!

 #149922  por andrea1982
 
Si, la ley 17040 (art. 5)

Saludos
 #149924  por Alejandra Radua
 
ignacio vieytes escribió:Con motivo de una audiencia en la que me presento mañana después del mediodía, necesito estar seguro si hay alguna ley, cuál??, que determine que los profesionales cobremos sólo hasta 2 haberes como honorarios. Muchas Gracias!!

Ignacio: Es el art. 5° de la ley 17.040.


Artículo 5: Los abogados y procuradores de la matrícula no podrán percibir de los beneficiarios que representen o patrocinen, honorarios que excedan del importe de dos meses de la prestación que a éstos corresponda. En el caso del apartado 2 del art. 4, el honorario no podrá exceder del diez por ciento (10%) del importe de la suma a percibir, con el tope indicado precedentemente. Los gestores administrativos y demás representantes no podrán percibir de los afiliados y derecho habientes retribución alguna en dinero o en especie por su intervención en los tramites.


Daniela