He tenido un par de decepciones con clientes remisos a pagar los honorarios cuando adquieren el beneficio. Al final, los han pagado pero creo que he gastado mas dinero en llamadas telefónicas con amenazas de acciones judiciales incluidas que lo que me ha reportado de honorarios, jaja, al margen de la amargura del momento. En orden a evitar revivir esas situaciones les consulto lo siguiente.
Si pido el turno por apoderado, al momento del inicio, ¿puedo exigir que el domicilio donde notifiquen la resolución sea el del estudio o por regla esa notificación la cursan al domicilio real del beneficiario? Según me comentaron, notifican al domicilio del beneficiario, pero nadie me supo decir si había alguna normativa específica que fundara ese proceder.
En mi opinión, no existiría óbice a que se notifique al domicilio del apoderado, pero como ANSES es un mundo aparte, prefiero consultarlo.
La idea es que, si bien la resolución no es necesaria para cobrar, la mayoría de los bancos la exigen, de modo tal que para cobrar tengan que pasar sí o sí por el estudio.
Saludos y gracias
Si pido el turno por apoderado, al momento del inicio, ¿puedo exigir que el domicilio donde notifiquen la resolución sea el del estudio o por regla esa notificación la cursan al domicilio real del beneficiario? Según me comentaron, notifican al domicilio del beneficiario, pero nadie me supo decir si había alguna normativa específica que fundara ese proceder.
En mi opinión, no existiría óbice a que se notifique al domicilio del apoderado, pero como ANSES es un mundo aparte, prefiero consultarlo.
La idea es que, si bien la resolución no es necesaria para cobrar, la mayoría de los bancos la exigen, de modo tal que para cobrar tengan que pasar sí o sí por el estudio.
Saludos y gracias
AGDA
