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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #141991  por sol y luna
 
por favor necesito ayuda. tengo una clienta que el 28/3/2007 cumplio 60 años, le hizo el tramite jubilatorio a traves de la moratoria de la ley 25994, art.6, anses lo rechazo, este año ya la sra. cumplio 61 años, puedo reingresar el tramite? tengo que hacer el sicam de nuevo? quiero saber cuantos años declaro por moratoria, y se le pongo algunos años de declaracion jurado. desde muchisimas gracias. saludos
 #142027  por Lau08
 
Hola Sol y Luna! Podrias explicar un poquito más? Porq la 1er. pregunta q me viene es si la sra. trabajó luego de 1993, porque, tené en cuenta que la ley 24476, q es la hoy vigente para adherir a moratoria por sicam, sólo prevé el período (desde creación de las cajas 1955) y SOLO HASTA SEPTIEMBRE DE 1993! Fijate si te daban los años de servicio porq si no, vas a tener que optar por comprar años como servicio doméstico, es decir, en relación de dependencia, y éstos ser pagados primero.

Fijate en la página de ansés, en el ícono "cómo me jubilo..." dice esto:
Se informa que la Ley N° 25.994 Arts. 2° y 6°, ha caducado el día 30/04/2007 conforme la fecha de prórroga establecida por el Decreto N° 1451/2006.

Por lo expuesto, los afiliados podrán completar los años de servicios con aportes faltantes para adquirir derecho, según la prestación de que se trate, peticionando en los términos de la Ley N° 24.476, la que permite el establecimiento de deuda por moratoria hasta 09/93.

El período de la moratoria abarca desde el 01/01/1955 (creación de la ex Caja de Autónomos) hasta el 30/09/1993, y los servicios a declarar son a partir de los 18 años de edad.

Otra cosa, depende del año de cese los años que podrás realizar por declaración jurada.
Espero te sirva de orientación. Saludos.
 #142929  por sol y luna
 
hola Lau gracias por contestarme. Te cuento que la señora nacio el 28/3/1947 y en 1965 cumplio los 18 años, yo a partir de ahi le compre los 30 años con la categoria 307 (costurera), es decir que el 28/3/1995 cumplio con los 30 años, la moratoria era hasta 9/1993, entonces le faltaria l año y medio que tendria que pagar al contado. pero Anses me rechazo esta jubilacion. Yo espere un año mas ahora la sra cumplio el 28/3/2008 los 61 años, esta excedida un año , no está bien para que pueda volver a hacerle la liquidacion en este momento o falta todavia unos meses. Esta sra. nunca aporto trabajo siempre en negro en todos los lugares. Tendria que bloquear el anterior sicam?.
gracias por ayudarme y te mando saludos.
 #143865  por Lau08
 
Hola Sol y Luna!! No logro entender cómo compraste el año y medio que te faltaba!? Por otro lado, no era que la ley 25994 se aplicaba a los que tenían los 60 años al 2004? y para esos cálculos alcanzaba con el sicam. En abril de 2007 quedó sin efecto esa jubilación para autónomos, pero sigue vigente la moratoria ley 24476. Ocurre que la jubilación va a ser por la ley 24241 me parece y no ya por la 25994. Pensaste en esto? Yo tampoco tengo las ideas súper claras, todos los días estoy aprendiendo algo. Espero te ayude. Te mando saludos.-
 #145494  por sol y luna
 
Lau08 escribió:Hola Sol y Luna!! No logro entender cómo compraste el año y medio que te faltaba!? Por otro lado, no era que la ley 25994 se aplicaba a los que tenían los 60 años al 2004? y para esos cálculos alcanzaba con el sicam. En abril de 2007 quedó sin efecto esa jubilación para autónomos, pero sigue vigente la moratoria ley 24476. Ocurre que la jubilación va a ser por la ley 24241 me parece y no ya por la 25994. Pensaste en esto? Yo tampoco tengo las ideas súper claras, todos los días estoy aprendiendo algo. Espero te ayude. Te mando saludos.-
HOLA LAU ESTA SEÑORA CUMPLIO 61 AÑOS AHORA EN MARZO DEL 2008 QUIERO SABER SI PUEDO INGRESARLA POR LA 24476 Y CUANTO AÑOS COMPRARIA CON LA CATEGORIA DE COSTURERA CREO QUE ES LA 307. SE QUE ME EQUIVOQUE LA 1ERA VEZ, PERO PUEDO BLOQUEAR ESE SICAM Y HACER UNO NUEVO CON ESTA LEY. COMO SERIA LA SITUACION DE REVISTA . TE MANDO SALUDOS. Y SI PODES EXPLICARME TAMBIEN LO DE LA CLAVE DE SEGURIDAD SOCIAL TAMBIEN TE VOY A AGRADECER PORQUE NADIE TE DA EXPLICACIONES EN NINGUN LADO, ME LA PASE RECORRIENDO UDAI Y NADIE SABE NADA . SALUDOS.
 #145498  por Selma
 
Sol: yo la haría asi:

Compensa 6 meses.

Moratoria:
4/65 a 9/93
beneficios

4/77 a 3/80 art.3
4/84 a 3/83 art.3

Compra de contado:4/2000 a 4/2001 (13 meses)
 #145531  por Lau08
 
Hola Sol y Luna!! DE ACUERDISIMO CON SELMA!!! HICE EXACTAMENTE EL MISMO CÁLCULO.
Con respecto a la clave de segur. soc. no entiendo a qué te referís, me preguntás del cuil? Saludos.-

 #145532  por Lau08
 
No, del cuil, no, lei ultima frase cuando ya te había mandado respuesta anterior, pero no viene mal si por favor te explayás un poquito a lo que hace referencia. Saluditos.-

 #145547  por Parri
 
sol y luna, en primer lugar te deben de haber rechazado la jubilacion porque no podias usar la ley 25994. Si vien la vigencia era hasta abril de 2007, tene en cuenta que solo podian acceder a ellas las personas q habian alcanzado la edad jubilatoria a diciembre de 2004.
Tenes que utilizar si o si 24476.
tenes que hacer el sicam hasta 09/93 y lo q falta lo compras por sdm, segun mi cuenta deberias comprar 13 meses x sdm y hacer la siguiente sit de revista
costurera (307) 04/65 - 09/93
art 3: 4 años
sds 04/00-04/01
sds!!!!!!!!
 #146196  por sol y luna
 
Les agradezco a todos la ayuda que me brindaron a Selma, Lau y Parri, entendí perfectamente todo pero yo les hago otra preguntita: esta señora no tiene plata para comprar ni siquiera l mes, no puede alargar un poquito el art.3 es decir en vez de comprar 4 años compraría 5 , pondría 4/77 al 3/80, art.3 ley 24476 y 3/83 al 4/85 no estaría bien?, porque puedo comprar hasta 7 años, con este beneficio.
Con respecto a la clave no es la de la AFIP, sino una clave nueva que hay que tener para ver la historia laboral, y otra cosas, entré a Autopista de Servicios- abajo de solicitud de turno dice clave de la Seg. Social, entre ahí y llené todo , puse mi clave e imprimi un formulario que dice
"Responsabilidad en el uso del Identificador de Usuario/Clave", dice que tengo que ir a algún udai y hacerlo firmar, pero nadie me quiere firmar este formulario, es así? o no tenía que haber sacado nada, les mando muchos saludos a todos, y muchas gracias.
 #146629  por Selma
 
El problema Sol es que al 9/93 no te dan la cantidad de años que necesitas comparar ...no es por la cantidad de años de beneficios ya que estos lo mismo estan incluidos en el perìodo de moratoria...
Tenes que comprar con posterioridad al 9/93 creo que eran 13 meses que los tiene que abonar de contado, y si no tiene dinero esperar a que compense con la edad...no queda otra... :?
 #147217  por sol y luna
 
Les agradezcos mucho a todos por ayudarme, entendí todo, prefiero esperar un poquito para volver a ingresar la jubilación. les mando saludos y estamos comunicados. GRACIAS!!!