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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #14097  por afscotto
 
Por ahora no hay ninguna novedad en relación a tu inquietud.-

-----Mensaje original-----

Enviado el: lunes, 05 de marzo de 2007 9:26
Para: Trufelman Eduardo Benjamin
Asunto: nuevo decreto pensionadas


Estimado Eduardo: Queria saber si salio un decreto o
esta por salir en el que permitirian ingresar a la
moratoria y pagar en 60 cuotas a las pensionadas que
hubieren sacado la clave fiscal antes del 24/10
Atentamente Andrea Scotto

ESTE ES MAIL QUE MANDE A ANSES Y SIGUE TODO IGUAL

 #14101  por Ariel_Franz
 
afscotto escribió:Por ahora no hay ninguna novedad en relación a tu inquietud.-

-----Mensaje original-----

Enviado el: lunes, 05 de marzo de 2007 9:26
Para: Trufelman Eduardo Benjamin
Asunto: nuevo decreto pensionadas


Estimado Eduardo: Queria saber si salio un decreto o
esta por salir en el que permitirian ingresar a la
moratoria y pagar en 60 cuotas a las pensionadas que
hubieren sacado la clave fiscal antes del 24/10
Atentamente Andrea Scotto

ESTE ES MAIL QUE MANDE A ANSES Y SIGUE TODO IGUAL
me imagino como se te rio el que recibio ese mail... :wink:

 #14252  por Maria Natalia Teruel
 
Perdon la ignorancia pero entonces las personas que hayan presentado el 460f antes de 24/10 auque sean pensionadas podrian jubilarse???
Cual es la resolucion que lo establece? Por que de ser asi tengo una clienta que vino esta semana que tiene presentado el 460f en mayo de 2006 y de ser asi podria perfectamente presentar la jubilacion Desde ya muchas gracias Saludos Natalia

 #14253  por amg
 
Hay algo en concreto????

 #14286  por ramon
 
amg escribió:Hay algo en concreto????
en programa actualidad imposotiva dijo eso la abogada previsional y tiene que ser cierto.

 #14291  por ramon
 
ramon escribió:
amg escribió:Hay algo en concreto????
en programa actualidad imposotiva dijo eso la abogada previsional y tiene que ser cierto.
la circulares la 70/06 y la resolucion la 68 asi creo que es ..- ACREDITACIÓN DE CUENTAS (EX – DNRP) EN AFIP
Los pedidos de acreditación en el SICAM de los aportes obrantes en cada una de las cuentas, que fueran implementadas por la ex – Dirección Nacional de Recaudación Previsional, que hubieran sido presentados a la A FIP hasta el 24/10/06, quedarán exceptuados de lo establecido en los puntos 1 y 2 de la presente, en tanto se formule la deuda por SICAM y se envíe el plan respectivo, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles administrativos contados desde el 25/10/06.
La fecha del pedido de apropiación de los aportes de la Cuenta de la ex - Dirección Nacional de Recaudación Previsional en el SICAM, deberá comprobarse mediante la acreditación en la UDAI del Formulario 460 F, presentado ante la AFIP con anterioridad al 25/10/06.

 #14326  por laurab
 
ramon escribió:
ramon escribió:
amg escribió:Hay algo en concreto????
en programa actualidad imposotiva dijo eso la abogada previsional y tiene que ser cierto.
la circulares la 70/06 y la resolucion la 68 asi creo que es ..- ACREDITACIÓN DE CUENTAS (EX – DNRP) EN AFIP
Los pedidos de acreditación en el SICAM de los aportes obrantes en cada una de las cuentas, que fueran implementadas por la ex – Dirección Nacional de Recaudación Previsional, que hubieran sido presentados a la A FIP hasta el 24/10/06, quedarán exceptuados de lo establecido en los puntos 1 y 2 de la presente, en tanto se formule la deuda por SICAM y se envíe el plan respectivo, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles administrativos contados desde el 25/10/06.
La fecha del pedido de apropiación de los aportes de la Cuenta de la ex - Dirección Nacional de Recaudación Previsional en el SICAM, deberá comprobarse mediante la acreditación en la UDAI del Formulario 460 F, presentado ante la AFIP con anterioridad al 25/10/06.
Hola Ramón! Te molesto para ver si sabés qué pasa si ese sicam enviado dentro de los 45 días desde la resolución, está mal y se debe reformular. Sirve aunque este nuevo plan se mande después de los 45 días háb.? Si sabés, y podés, contestame lo más pronto posible: es bastante urg. Muchas Gracias.

 #14328  por ramon
 
laurab escribió:
ramon escribió:
ramon escribió: en programa actualidad imposotiva dijo eso la abogada previsional y tiene que ser cierto.
la circulares la 70/06 y la resolucion la 68 asi creo que es ..- ACREDITACIÓN DE CUENTAS (EX – DNRP) EN AFIP
Los pedidos de acreditación en el SICAM de los aportes obrantes en cada una de las cuentas, que fueran implementadas por la ex – Dirección Nacional de Recaudación Previsional, que hubieran sido presentados a la A FIP hasta el 24/10/06, quedarán exceptuados de lo establecido en los puntos 1 y 2 de la presente, en tanto se formule la deuda por SICAM y se envíe el plan respectivo, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles administrativos contados desde el 25/10/06.
La fecha del pedido de apropiación de los aportes de la Cuenta de la ex - Dirección Nacional de Recaudación Previsional en el SICAM, deberá comprobarse mediante la acreditación en la UDAI del Formulario 460 F, presentado ante la AFIP con anterioridad al 25/10/06.
Hola Ramón! Te molesto para ver si sabés qué pasa si ese sicam enviado dentro de los 45 días desde la resolución, está mal y se debe reformular. Sirve aunque este nuevo plan se mande después de los 45 días háb.? Si sabés, y podés, contestame lo más pronto posible: es bastante urg. Muchas Gracias.
hola tengo entendido que si te rechasaron el plan y envias otro tiene que ser dentro delos 45 dias habiles de haber recibido la nota de rechaso. hace calculos y ve si estas dentro delos 45 dias. sino envialo igual y si te sale pago suspendido te vas a amparo. creo que hay un 0800 333 y no me acuerdo mas, para estos casos