No, la pension directa no. Pero si tiene ademas de una graciable una directa es otra cuestion. Con respecto a la pension directa si ella lo que quiere es acceder a la jubilacion por moratoria solo podra hacerlo si paga la jubilacion de contado aprox. 9 lucas. Observando que si es el mismo ciente el que tiene esos beneficios, las dos pensiones, lo que podrias hacer no se en que cuidad estas es iniciar accion de inconstitucionalidad pidiendo al juez le permita tener los dos beneficios, es decir pension directa mas jubilacion, hay un sinnumero de posts aca al respecto. Con respecto a la graciable o no contributiva si o si tiene que renunciar. Lo que yo hacia hasta que suspendieron las jaap era lo siguiente: jubilar a la persona, que salga el pago suspendido una vez que tenian dia y mes de pago, renunciaban e inmediatamente con la renuncia se iban a reactivar el beneficio suspendido, le daban cheque y cobraban. Ahora se complico con el tema de la suspension de las jaap por lo que si o si ahora todo es por turno, y es implica que al momento de presentarte presentes el formulario con la renuncia, saludos.