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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #122017  por mirtavaisman
 
Alguien me puede decir si se puede renunciar a períodos trabajados en relación de dependencia, para tener el cese más atrás y usar más declaración jurada o art. 3o. ley 24476. Yo tenía entendido que sí y hoy en UDAI Prof. me rebotaron

 #122020  por anya
 
No no se puede, tenes que tomar si o si el ultimo pago en relacion de dependencia para aplicar la declaracion jurada

 #122022  por empí©docles
 
Tal cual lo que sugiere anya.- Es lo que dice la Res. 51/06, dale una leidita que está muy claro.-
 #122526  por paulac444
 
Y si se renuncian por años autonomos con deuda, y tiene cese en 2007 solo se tiene un año de ddjj!!! por màs que le apliques el art 1...???
Siempre estoy en la duda :?
 #122534  por Selma
 
paulac444 escribió:Y si se renuncian por años autonomos con deuda, y tiene cese en 2007 solo se tiene un año de ddjj!!! por màs que le apliques el art 1...???
Siempre estoy en la duda :?
A ver Paula sería así:
Tenés que ver cual es el último aporte que hizo: es decir si fue como autónomo o en relación de dependencia.

Si fue en relación de dependencia a los fines de la DDJJ siempre se toma el cese al ultimo mes aportado...no se puede retrotraer el cese.

Si en sicam figura inscripto hasta el 2007 pero no tiene pagos efectuados mas alla del 9/93 (es decir que todo lo posterior esta con deuda) podes aplicar el art.1 de la 25321 y traer el cese al 9/93, por consiguiente, tomar 7 años de beneficios.

Si te quedan dudas volve a preguntar :lol:
 #122543  por paulac444
 
en todos esos años que figura en actividad235 como autonomo, solo se registra un pago en 04/94. y entonces el cese sigue siendo el 2007 o puedo a partir del 94.....tomar la ddjj.
GRACIAS

 #122563  por anya
 
Si el ultimo pago fue en el 94 entonces podes tomar 7 años de declaracion jurada, por mas que el cese sea en el 2007.

El ultimo aporte, sea en rr dd o en autonomo, es el que va a determinar los años que vas a tomar por declaracion jurada.
 #122860  por paulac444
 
y otra duda si estubo inscripto en autonomos-monotributista....y nunca efectuo ningun pago...y figura activo hasta 2007 se toma ese como cese...
:oops:
 #122970  por Selma
 
paulac444 escribió:y otra duda si estubo inscripto en autonomos-monotributista....y nunca efectuo ningun pago...y figura activo hasta 2007 se toma ese como cese...
:oops:
No Pau, aplicando a todo lo impago posterior al 9/93 el art.1 de la 25321 anulas todo el perìodo...y retrotraes el cese.
 #123277  por paulac444
 
GRACIASA LAS 2!!! VOY A TENER QUE IR AL IDIP JAJAJA. :roll:

 #123399  por mirtavaisman
 
gracias a todos