No se como resolver este situacion. Una mujer extranjera nacida el 25/5/42 con ingreso al pais el 2/3/62, tiene 23 años y un mes reconocidos en relacion de dependencia, mas 3 meses pagos en autonomos.(5/89, 4/92, 12/97). le faltan 4 añosy un mes
Un alta de autonomos en 10/88
Le corresponde 5 años de declaracion jurada ya que el cese lo tiene en el 1998.
En los periodos no laborados en relacion de dependencia le aplique art.3, pero con los tres meses pagos de autonomos mas la declaracion jurada en los pocos periodos que me quedan libre,llego a los 4 años, me falta un mes.
Pregunto, no me conviene renunciar los pagos de autonomos -3 meses - y aplicar el art.38 desde el 4/1962 a 5/66?
En su caso como tengo que hacer, nunca lo aplique, se coloca nada mas que en la solicitud ?? o hay que presentar otra cosa
Un alta de autonomos en 10/88
Le corresponde 5 años de declaracion jurada ya que el cese lo tiene en el 1998.
En los periodos no laborados en relacion de dependencia le aplique art.3, pero con los tres meses pagos de autonomos mas la declaracion jurada en los pocos periodos que me quedan libre,llego a los 4 años, me falta un mes.
Pregunto, no me conviene renunciar los pagos de autonomos -3 meses - y aplicar el art.38 desde el 4/1962 a 5/66?
En su caso como tengo que hacer, nunca lo aplique, se coloca nada mas que en la solicitud ?? o hay que presentar otra cosa
