Preexistentes decis? mmm no me queda clara tu pregunta. Mira, el problema de salud no debe estar comprendido en accidentes - riesgos de trabajo . Son enfermedades inculpables , mas alla de preexistentes o no. La comision medica evaluara el grado de discapacidad con el piso de 66% y teniendo al regularidad ( en este caso irregular con derecho) la variacion la tendras en el haber que sera el 50% del promedio de las remuneraciones de los ultimos 5 años de trabajo.
Lo q tenes que evaluar que no quede cubierto por la ley de riesgo de trabajo . No hay tema de preexistencias .
Diferente es si le haces pagar para generar la regularidad. Mira que corres el riesgo que te digan que es una reinicio a la actividad con discapacidad , y no dan el beneficio. Si lo hablas con el cliente y asume el riesgo quedarias cubierta.
Espero haber podido ayudarte. cariños a todos. Andrea.-
