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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #87137  por chana
 
Hola por favor necesito ayuda, quiero saber si en el sicam en donde dice beneficios tengo que poner todos los años que compre con la moratoria (hasta sept del 93)para que mi clienta no lo tenga q pagar, por que yo hice la liquidacion y me dice que debo un monton. Gracias..

 #87150  por rachelcba
 
HOLA CHANA: SÍ, TENÉS QUE PONER LOS BENEFICIOS QUE VAS A APLICAR A LOS PERÍODOS DE LA LIQUIDACIÓN QUE QUIERAS PRESCRIBIR O RENUNCIAR (TENÉS 3 LEYES PARA APLICAR 14.236, ART. 1 24476 Y ART. 1 25.321) O LOS QUE VAYAS A TOMAR PARA LA DDJJ (ART. 3 24476). CUALQUIER DUDA PREGUNTÁ NUEVAMENTE. SUERTE !!!!

 #87219  por chana
 
hola rachel a ver si entendi puedo poner los mismos años que pongo en la moratoria es decir desde los 18 años hasta el 93´, para que no tenga deuda?? muchas gracias. saludos

 #87320  por SVUM
 
Hola!!! Los benficios del art. 3 ley 24476 varian de acuerdo a la fecha de cese. Lo maximo q podes tomar son 7 años siempre por supuesto dentro de los años declarados en la situacion de revista. En q fecha tiene cese tu cliente???
Sabri

 #87449  por rachelcba
 
HOLA CHANA: NO ENTIENDO QUE QUERÉS HACER. SI COMPRÁS AÑOS POR MORATORIA SE SUPONE QUE LOS TENÉS QUE PAGAR, SINO PARA QUÉ LOS COMPRAS ?. EXPLICÁ UN POCO MÁS CLARO EL CASO Y CUÁNTOS AÑOS NECESITÁS COMPRARLE POR MORATORIA. SUERTE !!!

 #87795  por chana
 
Hola mi caso es asi tiene 60 años y ningun aporte asi que tengo que tomar de la moratoria desde 1965 hasta sep 93, lo que quiero saber es si tengo que poner en la parte de beneficio lo mismo es decir 1965/1993. No entiendo a que le llaman beneficio?.
Otra duda es si tengo que poner el mes en que cumplio años?
Saludos y gracias!!!!!

 #87809  por nagonzalez
 
Con respecto al mes que vas a tomar siempre es el posterior. Ejemplo. Cmple 18 años el 13/10. Toma como compienzo e 01/11

Ahora bien en beneficio aplicas los años de DDJJ del art.3. Fijate segun la fecha de cese. Puede ser 2000 o 2001.

Te doy un ejemplo
Señora nacida el 09/11/1947
Cumple 18 años 09/11/1965

Situacion de revista 12/1965 Hasta 09/1993 Cod 307

Beneficio 01/90 12/1992

Por Servicio domestico Compro 2 años y 2 meses. Formulario 102 de Afip

Espero te sirva.

Feliz Año
 #87838  por Ishtar
 
chana escribió:Hola por favor necesito ayuda, quiero saber si en el sicam en donde dice beneficios tengo que poner todos los años que compre con la moratoria (hasta sept del 93)para que mi clienta no lo tenga q pagar, por que yo hice la liquidacion y me dice que debo un monton. Gracias..
Hola:

El tema es asi: tenes que comprar 30 años menos exceso de edad (se computan por 2 años 1)

De los años a comprar por moratoria solo podes hacerlo hasta el 9/93 y desde el mes siguiente al que cumplio los 18 años.
Esos años SE PAGAN pero por moratoria es decir se paga menos, pero se pagan.
Dentro de esos años podes aplicar 7 años de beneficios como máximo por art.3 de la 24476, y se calculan de acuerdo a la fecha que tomes de cese ( esto quiere decir que se bonifican, te los computa como tiempo de servicios pero no te generan deuda).

Lo posterior al 9/93 se paga de contado.

Las leyes 14.236, ART. 1 24476 Y ART. 1 25.321 son para anular períodos donde la persona figure inscripta y deba los importes...pero los anula, es decir no se computan para el cálculo de los 30.

 #87843  por MARIMO
 
Muy buena la aclaraciòn.

saludos

 #87966  por dramarielapasotti
 
Estoy de acuerdo c/el ejemplo clarificador de nagonzales y el comentario de Ishtar. Quería decirte solo q lo q pones en situación de revista es el período completo (Ej: 12/1965 -09/1993). El beneficio es alguna herramienta de la q podes echar mano (Exceso de Edad, Declaración Jurada, Prescripción). Acá exceso de edad no creo q tengas y prescripción tampoco si es q nunca hizo aportes. Solo tenes el beneficio de la "declaración jurada" del Art.3 de la Ley 24476 (q supone q se te computen como validos años sin q tengas q pagarlos..para decirtelo sencillo) (Ej: 10/1986-09/1993). Y en datos para la liquidacion tenes q poner la fecha de nacimientoy y la ley aplicable para la moratoria (Ley 24476). Espero te sirva. A tus ordenes.

 #114442  por chana
 
Mil gracias a todos !!!! fueron super claros, voy a ver si me sale todo bien!!!Gracias!!!