alejandra01 escribió:Hola gente..estoy contestando una demanda..Hay mil modelos, pero tengo una duda: la negativa incluye los hechos que se presenciaron igualmente?. Ejemplo: si iban actor y demandado en autos que colisionan, la negativa sería: Niego que el día tal haya colisionado con el sr X???.
O sea, se niega aunque haya presenciado el hecho el demandado?- 
Hola ALe, como pauta tendría presente >
Art. 356. - En la contestación opondrá el demandado todas las excepciones o defensas de que intente valerse.
Deberá, además:
1)
Reconocer o negar categóricamente cada uno de los hechos expuestos en la demanda, la autenticidad de los documentos acompañados que se le atribuyeren y la recepción de las cartas y telegramas a él dirigidos cuyas copias se acompañen.
Su silencio, sus respuestas evasivas, o la negativa meramente general podrán estimarse como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos a que se refieran. En cuanto a los documentos se los tendrá por reconocidos o recibidos, según el caso.
No estarán sujetos al cumplimiento de la carga mencionada en el párrafo precedente, el defensor oficial y el demandado que interviniere en el proceso como sucesor a título universal de quien participó en los hechos o suscribió los documentos o recibió las cartas o telegramas, quienes podrán reservar su respuesta definitiva para después de producida la prueba.
2)
Especificar con claridad los hechos que alegare como fundamento de su defensa...
Art. 377. -
Incumbirá la carga de la prueba a la parte que afirme la existencia de un hecho controvertido o de un precepto jurídico que el juez o el tribunal no tenga el deber de conocer.
Cada una de las partes deberá probar el presupuesto de hecho de la norma o normas que invocare como fundamento de su pretensión, defensa o excepción.
Si la ley extranjera invocada por alguna de las partes no hubiere sido probada, el juez podrá investigar su existencia, y aplicarla a la relación jurídica materia del litigio.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm