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  • Negativas en la contestación de demanda.

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 #1099089  por alejandra01
 
Hola gente..estoy contestando una demanda..Hay mil modelos, pero tengo una duda: la negativa incluye los hechos que se presenciaron igualmente?. Ejemplo: si iban actor y demandado en autos que colisionan, la negativa sería: Niego que el día tal haya colisionado con el sr X???.
O sea, se niega aunque haya presenciado el hecho el demandado?- :roll:
 #1099260  por andresxeneizes
 
yo eso lo hago segun lo bien que este redactada la demanda

si la demanda es clara en su redaccion, niego solo lo que me interesa negar

si no es clara, niego todo, hago casi copy paste de los hechos de la demanda, pero negando los mismos , total para aclarar despues tengo el capitulo siguiente que pongo "la realidad de los hechos"
 #1099287  por alejandra01
 
gracias Andrés...leí un montón de demandas, y veo que se niega lo que no nos sirve, y lo demás, si es real y nos sirve no decimos nada en la negativa, precisamente porque nos sirve.
Mi primer contestación de daños..y bueno, ahí voy con ella... *flor*

andresxeneizes escribió:yo eso lo hago segun lo bien que este redactada la demanda

si la demanda es clara en su redaccion, niego solo lo que me interesa negar

si no es clara, niego todo, hago casi copy paste de los hechos de la demanda, pero negando los mismos , total para aclarar despues tengo el capitulo siguiente que pongo "la realidad de los hechos"
 #1099305  por abogado_1987
 
alejandra01 escribió:Hola gente..estoy contestando una demanda..Hay mil modelos, pero tengo una duda: la negativa incluye los hechos que se presenciaron igualmente?. Ejemplo: si iban actor y demandado en autos que colisionan, la negativa sería: Niego que el día tal haya colisionado con el sr X???.
O sea, se niega aunque haya presenciado el hecho el demandado?- :roll:
Hola ALe, como pauta tendría presente >

Art. 356. - En la contestación opondrá el demandado todas las excepciones o defensas de que intente valerse.
Deberá, además:
1) Reconocer o negar categóricamente cada uno de los hechos expuestos en la demanda, la autenticidad de los documentos acompañados que se le atribuyeren y la recepción de las cartas y telegramas a él dirigidos cuyas copias se acompañen. Su silencio, sus respuestas evasivas, o la negativa meramente general podrán estimarse como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos a que se refieran. En cuanto a los documentos se los tendrá por reconocidos o recibidos, según el caso.
No estarán sujetos al cumplimiento de la carga mencionada en el párrafo precedente, el defensor oficial y el demandado que interviniere en el proceso como sucesor a título universal de quien participó en los hechos o suscribió los documentos o recibió las cartas o telegramas, quienes podrán reservar su respuesta definitiva para después de producida la prueba.
2) Especificar con claridad los hechos que alegare como fundamento de su defensa...

Art. 377. - Incumbirá la carga de la prueba a la parte que afirme la existencia de un hecho controvertido o de un precepto jurídico que el juez o el tribunal no tenga el deber de conocer.
Cada una de las partes deberá probar el presupuesto de hecho de la norma o normas que invocare como fundamento de su pretensión, defensa o excepción.
Si la ley extranjera invocada por alguna de las partes no hubiere sido probada, el juez podrá investigar su existencia, y aplicarla a la relación jurídica materia del litigio.

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm
 #1099451  por alejandra01
 
gracias doc...
Ya terminé mi demanda. Opté por no hacer reconocimiento de los hechos que son verdad, ya que se presume que es así al no negarlos. Al menos pude terminar a tiempo.
gracias a Andrés también.
saludos. *flor*