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  • Automotores -Responsabilidad por la falta de transferencia

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 #104744  por Iris
 
Hola a todos!
El tema es el siguiente, un caso típico, auto vendido, transferencia sin realizar, denuncia de venta, patentes impagas.

La ley dice que para dar la baja fiscal hay que presentar en rentas dentro de los 90 días de vendido el auto, la denuncia de venta más el contrato con las firmas certificadas.

Ahora, pasado ese tiempo ¿hay algo por hacer????????? Sinceramente no puede ser que una deuda se siga acumulando sine die (más allá de la prescripción que se pueda plantear) sin que sea posible dar de baja la patente!!

Por otro lado...la ley también dice que si no se hace la tranferencia la seccional del registro lo comunicará al a Dirección Gral del automotor y esta dará orden de no circular y consiguiente secuestro ¿ALGUIEN SABE SI ESTO REALMENTE SE CUMPLE??

Yo sé que con la denuncia de venta uno queda cubierto ante un caso de responsabilidad civil, pero eso no obsta los transtornos de tener que presentarse a la mediación, o en la fiscalía en casos más graves y dar las explaciones pertinentes...a mi me interesaría comprobar de alguna manera que a la policía le llegó realmente la orden...porque sinceramente dudo mucho que sea así...

Este caso en realidad no es de un cliente sino de una amiga que también es abogada y estabamos viendo como resolverlo pero en rentas y en el registro informan cualquier cosa! y las leyes en este sentido mucho no aportan.

Bueno si alguién pasó por un caso similar y sabe como resolverlo se lo agradecería.

Saludos a todos
Iris

 #104788  por amg
 
La novedad en esta materia consiste en que ahora se ha puesto en vigencia el trámite de Denuncia Impositiva de Venta para los automotores radicados en la Provincia de Buenos Aires, con el fin de permitir a los titulares de dominio automotor limitar su responsabilidad frente al Impuesto a los Automotores, cuando hayan enajenado el vehículo sin haber realizado la Transferencia ante el Registro de la Propiedad Automotor (Disposición Normativa Serie "B" Nº 29/03, reglamentaria del art. 192 bis del Código Fiscal de la Prov. de Buenos Aires -t.o. 1999-, publicada en el B.O. P.B.A. el 15/04/03).

 #104819  por mabelhuma
 
te cuento que hace años que trabajo con temas relacionados a automotores y la manera mas rapida y segura de no tener problemas es hacer las dos denuncias de venta, una en el registro y la otra en rentas, esto sin perjuici de que yo considero que solo con la del regostro es suficiente porque la patente es una obligacion propter rem por lo tanto no afecta al titular sino a la cosa.

 #104823  por nicoluzzi
 
Efectivamente, el fuero Contencioso Adm. y Tributario de la C.A.B.A. rechaza la demanda de rentas si existe la transferencia en el registro o la denuncia de venta en el mismo. Ese trámite que dice rentas que hay que hacer no es necesario.

Sin embargo (no es el caso pero creo que es un dato que algún día puede servir) para el caso de responsabilidad civil por accidente, si no se hizo la transferencia, se está adoptando una posición en la justicia civil de la capital (y creo que también en otras jurisdicciones) donde si bien en principio el titular registral es responsable, si este puede demostra acabadamente que vendió el vehículo, aunque no haya habido transferencia ni denuncia de venta, se exime de tal responsabilidad.

Saludos!

Nicolás

 #104871  por Iris
 
Hola a todos, gracias por sus respuestas.
El tema con la denuncia en rentas es que no la toman porque pasaron los 90 días y, aunque no hubieran pasado exigen el contrato con las dos firmas certificadas cosa que es medio imposible si el comprador no quiere hacerlo...por eso preguntaba que otra cosa podía hacer...
Ah el auto está radicado en capital federal.

Por el momento lo que hice fue decirle a mi amiga que mande carta documento intimando al comprador a realizar la tranferencia y que vaya con eso a rentas para que se la tomen, vamos a ver que resultado tiene. Y de última que lo deje así y en caso de que la lleguen a intimar ahí se presentará y hará el descargo pertinente, porque tampoco se puede estar peregrinando por toda la Ciudad para resolver este tema... (de hecho teorícamente tengo entendido que habria que ir al tribunal de faltas para hacer la denuncia también ahí y que no lleguen las multas...)

Si tienen alguna idea más, bienvenida sea
Saludos y gracias
Iris

 #104881  por amg
 
Creo que podes ir al Registro y retirar la autorización para circular

 #104915  por Iris
 
supuestamente eso lo hacen automáticamente al ver que no se hizo la transferencia dentro de los 30 días...pero sinceramente yo lo dudo.

 #109142  por olmedo357
 
Tengo un caso de un cliente que lo intiman a pagar por un automotor que vendió en el año 97, la denuncia de venta está hecha en el registro, es más, está en el expediente en la contestación de oficio del registro solicitada por el mandatario de rentas, donde consta la denuncia de ventas con los datos del actual titular e igual lo intiman a mi cliente, alguien ha tenido un caso similar, prosperaría la falta de legitimación pasiva?, muchas gracias.

 #109147  por Sailaw
 
Acreditando la denuncia de venta efectuada con anterioridad al accidente, claro que debe prosperar la falta de legitima acción.

Re:

 #380036  por LOLIN
 
Hola chicos! tengo que contestar una demanda sobre un accidente de transito. Resultaser que mi cliente habia efectuado una denuncia de venta con anterioridad, asi que manifestare la falta de legitimación.
Me pregunta es la siguiente: tiene el comprobante de peago de esa denuncia efectuada en el año 99, hay que acompañar tambien en la contestacion la denuncia de venta. pq habría que retirla del registro? o bien se pide que se libre oficio para que el registro conteste?
desde ya muchisimas gracias,
 #380064  por dacastro
 
Amigos: yo creo que en cuanto a la responsabilidad civil en caso de accidente de tránsito, la denuncia de venta por sí sola no alcanza para eximir de responsabilidad al titular registral, dado que se trata de un acto unilateral efectuado ante el registro y no lleva firma del comprador, por lo tanto hay que acompañar otras pruebas para eximirse. Que piensan ustedes???