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  • Plazo prescripción acción nulidad absoluta

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 #1038211  por Jodie2
 
Hola foristas: necesito iniciar una posesión veinteañal, respecto de un bien pero el mismo tiene una hipoteca constituída. Mi pregunta es para solicitar la nulidad absoluta de la hipoteca constituída sobre una cosa ajena ¿cuál es el plazo de prescripción de la acción de nulidad absoluta? ¿Qué me sugieren hacer primero? Les parece que pueda intentar las dos acciones la usucapion y la nulidad ? Ambas versan sobre el mismo bien.
Si alguien puede contestarme. Please. Saludos.
 #1038371  por Jodie2
 
Hola Andrés: Bueno para mí la hipoteca sería nula porque accede a una compraventa anterior realizada también sobre cosa ajena, pero con posterioridad a la posesión de buena fe, continua y pacífica de los poseedores. Es decir la posesión ya había cumplido veinte años a la fecha de la compraventa y de la hipoteca no habiéndose nunca adquirirido la propiedad por tradición como decía el adquirente en la escritura de venta porque nunca se tuvo materialmente la cosa.
Respecto del porqué iniciaría la nulidad de la hipoteca la razón es evitar la ejecución de la hipoteca que tramitaría por proceso sumario. Mi pregunta sería entonces ¿ Ambas acciones la de nulidad absoluta ya sea de la venta de cosa ajena o la de la hipoteca y la de prescripción adquisitiva tramitarían por proceso ordinario ? Acepto todas las sugerencias. Porque me urge encontrarle una pronta solución al tema. Gracias. Saludos cordiales !
 #1038648  por andresxeneizes
 
no entendi donde esta la nulidad, sin los papeles en la mesa dudo que lo entienda porque no es sencillo.
sin perjuicio de ello, tampoco veo en que te afecta la hipoteca con la usucapion, yo entiendo que si probas que estuvieron los 20 años ahi, la hipoteca no tendria influencia alguna, pero bueno como te digo, quizas no lo comprendo yo bien el tema, espera a ver que dice otro colega
 #1038912  por Jodie2
 
La hipoteca por el momento grava al mismo bien a usucapir, mi temor es que se ejecute porque se constituyó a espaldas de los terceros poseedores, por quien figura como titular registral actual del bien, adquirido por venta hecha por los herederos declarados del fallecido titular registral anterior. Gracias a ambos.
 #1038964  por flux
 
Mi pregunta es para solicitar la nulidad absoluta de la hipoteca constituída sobre una cosa ajena ¿cuál es el plazo de prescripción de la acción de nulidad absoluta?
Aca hay un problema, la cosa no era ajena, la cosa es del dueño, titular dominial, el tenia derecho a constituir la hipoteca

Que hayan habido ocupantes cursando un plazo de prescipcion no los hace "dueños" de una sin la previa sentencia de usucapion

Osea, la nulidad creo que rebota porque tu argumento es que el dueño no era dueño porque habria ocupantes, que..., a fin de cuentas, tampoco eran dueños
La hipoteca por el momento grava al mismo bien a usucapir, mi temor es que se ejecute porque se constituyó a espaldas de los terceros poseedores, por quien figura como titular registral actual del bien, adquirido por venta hecha por los herederos declarados del fallecido titular registral anterior
La hipoteca se constituyo debidamente entre las partes, los terceros ocupantes no son partes a quienes se les deba informar
¿Qué me sugieren hacer primero?


De una, cuando vayan a hacer la constatacion para la venta en subasta, que el ocupante declare ser dueño por posesion veinteañal. Cosa de que en la subasta el bien sea mal visto por cualquier comprador

Tambien, inicia de una la usucapion, si en el camino se llega a subastar, pone que queres citar al comprador en subasta en caracter de tercero interesado, cosa de frenarle cualquier desalojo. Pero aca de vuelta se arma otro lio la subasta es tambien adquisicion originaria (salvo expensas y poco mas)

Tambien hay un riesgo mas, si llega a ser que se subasta y la compra la liga no para revender sino para ellos que se prepare el ocupante para defender a los tiros la posesion porque se la van a querer sacar a las patadas

...
Coincido con andres, la usucapion es una adquisicion originaria y te va a salir libre de gravamenes
Esto no me queda claro, porque la usucapion es una adquisicion originaria pero va contra el titular dominial, no contra el acreedor hipotecario, osea, el acreedor hipotecario tendria que intervenir si o si en la usucapion de alguna manera o el procedimiento seria nulo

Tendrias que citarlo al acreedor hipotecario al juicio de usucapion y pedir que se le haga efectiva a el la sentencia tambien. Pero me surgen montones de dudas de si la sentencia de usucapion al el le puede valer, porque el hecho de usucapir se basa en la posesion por el plazo de ley mas el desinteres del dueño en iniciar el desalojo..., el acreedor hipotecario tiene todo el derecho de decir que el no estaba legitimado para hacer el desalojo asi que a el no se le puede decir que la posesion fue ininterrumpida por su desinteres en iniciar accion alguna, porque el no era parte de ese procedimiento

Capaz digo una animalada, pero para mi le sale la usucapion pero le mantienen el gravamen. No se si la sentencia de usucapion es declarativa a la fecha de toma de posesion confirmada, en cuyo caso retroactivamente el titular dominial no lo fue a la fecha en que constituyo la hipoteca y por tanto se cae, o constitutiva a la fecha de la sentencia, en cuyo caso la hipoteca fue bien constituida y deberia ser mantenida
 #1039648  por Jodie2
 
Por eso si iniciara la posesión veinteañal, lograra meter la prueba, y pudiera probar que se trata de una transmisión a non domino, porque nunca hubo tradición. Entonces el encuadre procesal no sería tramitar la nulidad sustancial de dicha operación civil sobre cosa ajena (compraventa y/o hipoteca ) la cual tramitará también por juicio ordinario pudiendo entonces acumular las dos acciones, la de prescripción y ésta última. Me parece menos arriesgado.
De todas formas no es una animalada lo que dices, sino que como vos decís también creo que al acreedor hipotecario la sentencia de usucapión dificilmente le valga.
 #1039702  por Jodie2
 
Hola Flux y Foristas:
Comparto también la necesariedad de citar al acreedor hipotecario al juicio de usucapión pero en ese caso no sería conveniente que pida también la nulidad de la primera compraventa si como dicen ustedes no de cosa ajena sino entonces por simulación o fraude porque no hicieron tradición material en la realidad y en la escritura manifiestan que ellos sí tenían la entrega de la cosa realizada con anterioridad a ese acto. Como ustedes también tengo dudas pero
 #1039704  por Jodie2
 
Como la acción de nulidad puede ejercerse cuando el acto ya se cumplió, para privarlo de sus efectos, corresponde iniciarla por la vía de acción y no de excepción.
Creo que lo que se configuraría es en todo caso la simulación o fraude. Y sería más fácil de probar. Correspondiendo si la nulidad fuese absoluta que tome intervención el Ministerio Público fiscal.
Gracias y saludos a todos !
 #1041441  por Jodie2
 
Hola Foristas:
Sobre el mismo caso me llama muchísimo la atención el precio vil de la compraventa, casi se diría que no es una venta ya que es muy inferior al de la hipoteca. Si alguno tiene experiencia iniciando una acción de nulidad por simulación absoluta ejercida por terceros y no entre partes me ayudaría con esto? Porque he visto mucho sobre el plazo de prescripción pero quedan fuera los terceros porque respecto de ellos habría supuestamente un hecho ilícito, una intención de perjudicarlos y la prueba ya no es el contradocumento sino las presunciones, etc. ¿ Ahora qué sucede si se lesiona el orden público ? ¿La acción es imprescriptible?
 #1042525  por Jodie2
 
Hola Foristas:
Porfi si alguno tiene un modelo de escrito solicitando una nulidad que me lo pase. Les agradecería infinitamente. Los saludo afectuosamente!