Hola gente como estan, les hago una consultita que me esta poniendo verde: Aun no se decreto aud del 360, pero surge que tengo un nuevo informe medico que lo quiero incorporar por el Art. 365 cpccn, la duda_ ¿tengo que acompañar tantas copias como demandados hay? o espero que me prevean perimero -
Lo que me hace dudar es que el 365 dice " ... si se considerare pertinente se dara traslado ..." y el 120 reza " ...de los que tengan por objeto ofrecer prueba..."
Apelo a los mas experimentados desde ya gracias por la ayuda.-
Lo que me hace dudar es que el 365 dice " ... si se considerare pertinente se dara traslado ..." y el 120 reza " ...de los que tengan por objeto ofrecer prueba..."
Apelo a los mas experimentados desde ya gracias por la ayuda.-
