Hola Colegas, quiero hacer una consulta, el asunto es el siguiente, mi cliente y su hermano quieren abrir el sucesorio de sus padres, el hermano hizo por escritura la cesion de derechos a favor de mi cliente, pero no se cuando adjuntar la escritura, si en el primer escrito o luego de la declaratoria de herederos, ya que el hermano de mi cliente esta interesado en que se lo declare heredero para poder cobrar un dinero, no se como funciona, si la acompaño de entrada, mi cliente seria declarardo heredero y cesionario unicamente?o al hermano tambien se lo incluye en la declarartotia??tiene algun modelito para el epigrafe de la cesion??
Gracias
Sole
Gracias
Sole
