Hola, les consulto: Un cliente dona a titulo gratuito con reserva de usufructo un inmueble, bajo escritura con escribano, a su concubina en el año 1995. Ella luego muere 5 años despues. Este hombre, hoy 2010 quiere donar a una señora que lo cuida, el mismo inmueble. ¿Puede hacerlo ya que sobrevivio a la donataria, o los herederos de ELLA (la fallecida) pueden reclamar el inmueble cuando el hombre muera? ¿La donataria actual queda desplazada, o una donación posterior (2010) dejaría sin efecto la anterior (1995)?. Gracias.
