Buenas tardes queridos foristas quisiera hacer una consulta a los que mas saben del tema. Un niño de 9 años, que circulaba en bicicleta fue envestido por un remisse, producto del accidente, sufrió lesiones graves (el expíe penal esta caratulado como lesiones graves), una semana después de lo sucedido, la madre se acerca al estudio y me plantea el caso.
Lo primero que hice fue revisar el expte en sede penal y timar los datos de la aseguradora y cuando me apersone en la agencia de seguros, me informaron que el asegurado no había hecho la denuncia del siniestro dentro de las 72 hs. Por lo tanto ellos en ppio, rechazan todo tipo de responsabilidad con el damnificado.
Mi consulta es, ya que la aseguradora no se hace cargo, les parece si constituyo a mi cliente como actor civil en sede penal?
O les parece más conveniente si inicio el reclamo por daños en sede civil? Sito en garantía a la aseguradora a pesar de que el asegurado no haya hecho la denuncia administrativa del sinistro?
Cualquier sugerencia, aporte, consejo me vienen bien. Gracias Saludos
Lo primero que hice fue revisar el expte en sede penal y timar los datos de la aseguradora y cuando me apersone en la agencia de seguros, me informaron que el asegurado no había hecho la denuncia del siniestro dentro de las 72 hs. Por lo tanto ellos en ppio, rechazan todo tipo de responsabilidad con el damnificado.
Mi consulta es, ya que la aseguradora no se hace cargo, les parece si constituyo a mi cliente como actor civil en sede penal?
O les parece más conveniente si inicio el reclamo por daños en sede civil? Sito en garantía a la aseguradora a pesar de que el asegurado no haya hecho la denuncia administrativa del sinistro?
Cualquier sugerencia, aporte, consejo me vienen bien. Gracias Saludos
Cordialmente, Silvia
