Estimados: en una sentencia por ds. y ps. el juez fija los intereses a TASA PASIVA desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago, aclarando que desde el incumplimiento hasta el pago definitivo se aplicará TASA ACTIVA.
MI duda es la siguiente:cuando se considera incumplimiento? Cuando quedó firme la sentencia de 1ra? Cuando quedó firme la sentencia de 2da? O cuando quedó notificado de la liquidación?
Tengo que ampliar la liquidación y tengo dudas al respecto. Muchas Gracias de antemano.
MI duda es la siguiente:cuando se considera incumplimiento? Cuando quedó firme la sentencia de 1ra? Cuando quedó firme la sentencia de 2da? O cuando quedó notificado de la liquidación?
Tengo que ampliar la liquidación y tengo dudas al respecto. Muchas Gracias de antemano.
"Trabaja como si no necesitaras el dinero. Ama como si nunca te hubieran herido y Baila como si nadie te estuviera viendo"
