Hola, me gustaria saber como es el tramite para cancelar una hipoteca?, lo hace directamente el escribano cone l cual se gestiono la hipoteca(es un credito hipotecario el escribano trabaja para el banco) o un particular o abogado en su caso lo puede hacer?, gracias, espero respuesta.
Lorena, tené presente que ...
ARTICULO 36.- Las inscripciones y anotaciones se cancelarán con la presentación de solicitud, acompañada del documento en que conste la extinción del derecho registrado; o por la inscripción de la transferencia del dominio o derecho real inscrito a favor de otra persona; o por confusión; o por sentencia judicial o por disposición de la ley. Cuando resulten de escritura pública, ésta deberá contener el consentimiento del titular del derecho inscrito, sus sucesores o representantes legítimos. Tratándose de usufructo vitalicio será instrumento suficiente el certificado de defunción del usufructuario. La cancelación podrá ser total o parcial según resulte de los respectivos documentos y se practicará en la forma determinada por la reglamentación local.
Ley 17801

