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  • DEBO NOTIFICAR POR CEDULA ESTE PROVEIDO?????????

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 #506130  por MANOLIO
 
LES HAGO UNA CONSULTA ME SURGIO LA SIGUIENTE DUDA CON EL SIGUEINTE PROVEIDO:

Importando las manifestaciones vertidas un acuse de negligencia del pedido de explicaciones solicitado por la Dra XXXXXX, córrase traslado a la misma, por el término de 5 dias. fdo. juez


TENGO QUE MANDAR CEDULA O ES POR MINISTERIO LEGIS? NO DICE "NOTIFIQUESE"

AQUI LO QUE PEDI FUE QUE ANTE LA INACCION DE LA DEMANDADA PIDIENDO UNA ACLARACION DEL PERITO Y NO LE DIO TRASLADO HACE VARIOS MESES,, ENTONCES ..PEDI SE CLAUSURE LA ETAPA PROBATORIA Y PASE A SENTENCIA. Y ME DESPACHAN LO QUE ARRIBA COOPIE.

GRACIAS!!!
 #507023  por sole10
 
antihique escribió:Yo creo que como se le corre traslado es por cedula
No.Si la providencia no dice expresamente "NOTIFIQUESE",el traslado es por nota.

Notificación personal o por cédula:ver art.135 del CPCC.
 #507768  por loli79
 
Entiendo que si la notificación es por nota el juzgado no sacaría este auto, yo haria cedula con copia de los puntos de pericia que la contra parte expuso... ya que a la demandada no le importa impulsar el expediente... una vez que llega la cedula notificada esperar que presente las explicaciones la/ el perito, si contesta el traslado lo impugnas o no, sino contesta podes solicitar al juez que resuelva .-
 #507777  por sole10
 
loli79 escribió:Entiendo que si la notificación es por nota el juzgado no sacaría este auto, yo haria cedula con copia de los puntos de pericia que la contra parte expuso... ya que a la demandada no le importa impulsar el expediente... una vez que llega la cedula notificada esperar que presente las explicaciones la/ el perito, si contesta el traslado lo impugnas o no, sino contesta podes solicitar al juez que resuelva .-
Pero hacer lo que vos proponés,implicaría un desistimiento al acuse de negligencia,amén de hacerle el trabajo que le corresponde a la contraria.
Justamente,el acuse de negligencia tiene por objeto,hacer caer las medidas probatorias que la contraparte no activó,en su detrimento (con costas a su cargo).

No comprendo cuando decís:
por loli79 el Sab Feb 27, 2010 8:34 pm

Entiendo que si la notificación es por nota el juzgado no sacaría este auto...
¿Cómo debería ser una providencia que se notifica por nota?