Estimados colegas, a ver que les parece lo siguiente:
Tipo de expediente: incidente de aumento de cuota alimentaria que tramita en un juzgado de paz.
A fojas 189/192 se resuelve fijar cuota alimentaria en un 30% de los haberes del demandado.
A fojas 199 (y con fecha 24/04/09, fecha del cargo 10.30 horas MUY IMPORTANTE ) la actora presenta escrito itnterponiendo recurso de apelación.
A fojas 200 (con fecha 13/05/09) se concede ese recurso.
ACA VIENE LO INSOLITO. A fojas 201 la actora (cargo con fecha también 24/04/09 PERO 10 horas!!!!) presenta escrito que dice: "Interpongo recurso de reposición. Apela en subsido". Aca la actora tb exoresa agravios.
A fojas 203 el juez dice QUE NO A LA REPOSICION y concede (a mi entender nuevamente) recurso de apelación.
Entienden??? la actora presenta el mismo día dos escritos: uno simple donde plantea apelacion ya que entiende la resolucion le causa gravamen irreparable (en los terminos del art. 242 CPC). Y otro donde plantea revocatoria con apelación en subsido. (funda la actora en que no se ordeno practicar liquidacion para los habres desde itnterposicion de demanda)
Ahora: a fojas 238 la actora desiste del solicitado a fojas 199. Y el juez dice: "...Tienese a la actora por desistida del recurso concedido a fojas 200…”. Sin embargo, manda la cedula corriendo traslado del memorial a la demandada.
NO ENTIENDO: desistió del escrito de hora 10.30? el juez puede conceder un recurso dos veces con fecha MISMO DIA???? Resumiendo: se desiste de un escrito o de un derecho???
El expediente sigue su curso y los abogados solicitan se regulen honorarios. Apelan por bajos y ahora vuelve de la camara que le dice al juez que deberá informar sobre el resultado del traslado conferido a fojas 203.
Yo soy la nueva abogada de la demandada. Me estoy notificando del por devueltos , y el juez dice que el demandado perdio el derecho para contestar el traslado!!!???? les parece que puedo plantear algo al respecto??? se que es un lio pero por ahí....desde ya mil gracias!
Tipo de expediente: incidente de aumento de cuota alimentaria que tramita en un juzgado de paz.
A fojas 189/192 se resuelve fijar cuota alimentaria en un 30% de los haberes del demandado.
A fojas 199 (y con fecha 24/04/09, fecha del cargo 10.30 horas MUY IMPORTANTE ) la actora presenta escrito itnterponiendo recurso de apelación.
A fojas 200 (con fecha 13/05/09) se concede ese recurso.
ACA VIENE LO INSOLITO. A fojas 201 la actora (cargo con fecha también 24/04/09 PERO 10 horas!!!!) presenta escrito que dice: "Interpongo recurso de reposición. Apela en subsido". Aca la actora tb exoresa agravios.
A fojas 203 el juez dice QUE NO A LA REPOSICION y concede (a mi entender nuevamente) recurso de apelación.
Entienden??? la actora presenta el mismo día dos escritos: uno simple donde plantea apelacion ya que entiende la resolucion le causa gravamen irreparable (en los terminos del art. 242 CPC). Y otro donde plantea revocatoria con apelación en subsido. (funda la actora en que no se ordeno practicar liquidacion para los habres desde itnterposicion de demanda)
Ahora: a fojas 238 la actora desiste del solicitado a fojas 199. Y el juez dice: "...Tienese a la actora por desistida del recurso concedido a fojas 200…”. Sin embargo, manda la cedula corriendo traslado del memorial a la demandada.
NO ENTIENDO: desistió del escrito de hora 10.30? el juez puede conceder un recurso dos veces con fecha MISMO DIA???? Resumiendo: se desiste de un escrito o de un derecho???
El expediente sigue su curso y los abogados solicitan se regulen honorarios. Apelan por bajos y ahora vuelve de la camara que le dice al juez que deberá informar sobre el resultado del traslado conferido a fojas 203.
Yo soy la nueva abogada de la demandada. Me estoy notificando del por devueltos , y el juez dice que el demandado perdio el derecho para contestar el traslado!!!???? les parece que puedo plantear algo al respecto??? se que es un lio pero por ahí....desde ya mil gracias!
