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  • despues de un año puede reclamar?? urge!

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 #496358  por Manyapapele
 
me consulta, un reparador de pc, le dieron para reparar una maquina, a los 5 dias lo llama al dueño y le dice que la venga a buscar.- no vienen a retirarla.
al año le llega una notificacion de mediacion por daños y perjuicios para que le entregue la maquina.-
cuanto tiempo tienen para retirarla, puede reclamar despues de un año??? que nunca vino a buscarla¿
la maquina la deshuasarony vendieron el reparador(en realidad no pudo arreglarla)
que opinan??? el reparador debe una maquina nueva?
o el que le dejo la maquina yano puede reclamar despues de tanto tiempo¿
que norma rige¿¿
urgente .- :oops:
 #497453  por lawyerdigital
 
Manyapapele escribió:me consulta, un reparador de pc, le dieron para reparar una maquina, a los 5 dias lo llama al dueño y le dice que la venga a buscar.- no vienen a retirarla.
al año le llega una notificacion de mediacion por daños y perjuicios para que le entregue la maquina.-
cuanto tiempo tienen para retirarla, puede reclamar despues de un año??? que nunca vino a buscarla¿
la maquina la deshuasarony vendieron el reparador(en realidad no pudo arreglarla)
que opinan??? el reparador debe una maquina nueva?
o el que le dejo la maquina yano puede reclamar despues de tanto tiempo¿
que norma rige¿¿
urgente .- :oops:
Estimado:

Los derechos del cliente de un taller de reparaciones, están especificados en la 24.240 "Ley de defensa del consumidor". A ella remítase.

Es de estilo que las personas dedicadas a reparaciones hagan firmar a sus clientes una "Orden de Reparación", donde se especifica que se deberá retirar dentro de los 90 o 120 días se considerara abandonado, por aplicación de los artículos 2525 y 2526 del Código Civil, autorizando al reparador a disponer.
Claro que si el cliente ofendido va a un abogado, la cosa cambia ya que el derecho de propiedad son mas que dos artículos del Código Civil.
Ahora si nada hizo firmar....se puede complicar mas, claro que si el cliente tampoco tiene constancia de que dejo el aparato, es mas discutible, pero la Ley 24.240 trata de defender al cliente de los "abusos" de alguien que está en condición de superioridad (el taller de reparaciones). Presupone que los derechos del consumidor están siendo vulnerados y además, el derecho de propiedad es muy fuerte, y si trabaja en negro que ruegue que no le hagan un denuncia en la AFIP.

En fin, dependerá si se firmo o no algo y las ganas de discutir de cada uno

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