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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #495918  por vainillaparedes
 
Hola : causante fallecio el 08/09/1984 ,trabajo en rrdd para la administracion publica provincial desde el 20/03/1959 hasta el 17/06/1980 ,en la misma certificacion de servicio le figura un periodo de licencia del 01/11/1979 hasta el 01/05/1980 es una pension por la ley vieja ,de acuerdo lo que dice la ley tiene que fallecer dentro de los 5 años posteriores al cese para tener derecho a la pension ,y de acuerdo a mi calculo fallecio dentro de los 4 años y 11 anteriores al cese ,agradeceria que me ayuden con el calculo se es asi por que estoy mareada con tantos numeros .
Este sr .nacio 15/05/1943 de manera tal que del 20/03/1959 hasta 30/10/1963 no le efectuaron aportes por ser menor de edad .
Otra consulta leyendo la ley en el art 43 que fue modificado :el mismo habla que la incapacidad se produjera dentro de los 5 años posteriores al cese pero en ningun momento se refiere al fallecimento ,agradeceria que me aclaren esas dudas ,desde ya muchas gracias saludos
 #495965  por empedocles
 
El art. 43 se aplica tanto para los casos de incapacidad como fallecimiento producidos dentro de los cinco años inmediatos posteriores al cese de tareas.- No tenés nconveniente con eso.-
Una duda: decis en el ámbito de la Adm, Provincial...y por qué remitís al art. 43 18037?
 #495978  por vainillaparedes
 
trabajo para la administracion publica provincial de san luis ,y ceso en el eño 1980 ,creo que corresponde la ley 18037 no es asi ?saludos desde ya muchas gracias