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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #495786  por adriancba
 
Hola a todos, el caso que me llegó es el siguiente. Una mujer de 79 años jubilada (30 años de aportes + edad) que estaba casada con un hombre que falleció en el año 2007 se quiere pensionar. El fallecido gozaba de una pensión no graziable (no contributiva) y no hizo en toda su vida aportes. Quisiera saber si se puede iniciar la pensión haciendo los aportes del fallecido, pregunté en ANSES y me dijeron que no pero tengo dudas porque hay casos en que a los que les faltan aportes pueden completarlos después de muertos. desde ya gracias, adrián
 #496103  por Vaness29
 
adriancba escribió:Hola a todos, el caso que me llegó es el siguiente. Una mujer de 79 años jubilada (30 años de aportes + edad) que estaba casada con un hombre que falleció en el año 2007 se quiere pensionar. El fallecido gozaba de una pensión no graziable (no contributiva) y no hizo en toda su vida aportes. Quisiera saber si se puede iniciar la pensión haciendo los aportes del fallecido, pregunté en ANSES y me dijeron que no pero tengo dudas porque hay casos en que a los que les faltan aportes pueden completarlos después de muertos. desde ya gracias, adrián
Hola adriancba, tendrias que postear la fecha de naciemiento del fallecido e historia laboral del mismo. Con eso vemos si se peude hacer moratoria y o completar los aportes.
 #496336  por adriancba
 
HOla estimada. el nació en el año 1923, y siempre trabajó por su cuenta en un taller, nunca aportó ni trabajo en relación de dependencia hasta lo que me dijo la sra. Agradezco tu rta orientandome, adrián
 #496566  por Vaness29
 
adriancba escribió:HOla estimada. el nació en el año 1923, y siempre trabajó por su cuenta en un taller, nunca aportó ni trabajo en relación de dependencia hasta lo que me dijo la sra. Agradezco tu rta orientandome, adrián
Hola Adrián , entonces si podés solicitar la pensión directa haciendo moratoria ( en cuotas o al contado)si es en cuotas pagás una (como en las jubilaciones)presentando bajo insistencia, sin considerar beneficio art 3 - ver resolución carss 26094/2009: podés tomar exeso de edad a la fecha de fallecimiento.
La udai te rechazaría y allí presentas un recurso ante la carss. l trámite te demoraría pero acumulas retroactivo desde la liquidación de sicam ( y se acumula bastante plata) tema honorarios 2 haberes es por ley
 #496686  por adriancba
 
Vaness, gracias por contestar me has aclarado muchas cosas, sin embargo todavía tengo dudas en otras que me gustaría que me ayudes.
Me recomendas que pida pensión directa, yo te pregunto respetuosamente ¿no correspondería una pensión indirecta o derivada? si el fallecido no era un (afiliado) en "actividad". Y los treinta años lo haría para completar sus aportes (que serían los requisitos para la jubilación)
Por otro lado vos decís que me van a denegar el beneficio ¿por no estar inscripto? o ¿por hacer uso del exceso de edad?
A la hora de hacer el sicam tendría que hacer uso de la ley 24476 nada más?

Gracias por responder, Adrián
 #496725  por sabrinaa
 
Hola
Yo Comprarìa por moratoria sin aplicar beneficio art 3ley 24476 y beneficio art1 ley 25321 , de acuerdo a la resolucionResolución 22.358/08 - ANSeS (CARSS) . Solo Beneficio de edad.

]Resolucion 22358/08
Derechohabientes de causantes no afiliados. Posibilidad de acogerse a la moratoria de la ley 24.476 por
los años necesarios para completar los 30 o los 15 con aportes para ser afiliados regulares o irregulares
con derecho sin pedir la aplicación del art. 3°, ni la prescripción, ni el art. 1° de la ley 25.321.
[/color] Saludos Sabrina.
BUSCA EN LOS POST PENSION DIRECTA SIN INSCRIPCION
 #500957  por Vaness29
 
adriancba escribió:Gracias sabrina también por responder, me gustaría saber porque recomiendan pensión directa y no derivada.
Adrián
Hola Adrian porque entendimos que el sr tenia una pension no contributiva (seguramente por dicapacidad )y la misma se extingue con el fallecimiento de la persona, no genera derecho a pension. :D sino , solo si era jubilado podria hacerse la pension derivada . :D perdon por la demora que casi no entro al foro :D
 #500959  por Vaness29
 
adriancba escribió:HOla estimada. el nació en el año 1923, y siempre trabajó por su cuenta en un taller, nunca aportó ni trabajo en relación de dependencia hasta lo que me dijo la sra. Agradezco tu rta orientandome, adrián
Un consejito mas , nun ca que te quedes con los dichos de los clientes, tenes que investiogar, que en este caso, y pedir los informes completos en Anses y en AFIP.
 #500971  por noelin
 
LA CARSS LAS ESTA DENEGANDO, NO PQ NO ESTEN INSCRIPTOS SINO PQ CONSIDERA Q NO SE PUEDE "COMPRAR" REGULARIDAD SIN TENER APORTES CONTEMPORANEOS EN LA VIDA. A MI ME DENEGARON VARIAS PENSIONES PQ NO TIENE APORTES HECHOS DURANTE SU VIDA, LAS APELE, DE NUEVO PERO NO ESTAN RESUELTAS. SEGUN ELLOS LA MORATORIA SIRVE SI TENES 20 AÑOS APORTADOS Y COMPLETAS 10 MAS CON 24476, POR EJEMPLO.
 #501000  por norma_alfamar
 
noelin escribió:LA CARSS LAS ESTA DENEGANDO, NO PQ NO ESTEN INSCRIPTOS SINO PQ CONSIDERA Q NO SE PUEDE "COMPRAR" REGULARIDAD SIN TENER APORTES CONTEMPORANEOS EN LA VIDA. A MI ME DENEGARON VARIAS PENSIONES PQ NO TIENE APORTES HECHOS DURANTE SU VIDA, LAS APELE, DE NUEVO PERO NO ESTAN RESUELTAS. SEGUN ELLOS LA MORATORIA SIRVE SI TENES 20 AÑOS APORTADOS Y COMPLETAS 10 MAS CON 24476, POR EJEMPLO.
DISCULPA, PERO EL PROBLEMA POR LO QUE TE LA DENEGARON HA SIDO OTRO, YO YA LLEVO PRESENTADAS POR LO MENOS 5, DENEGADAS EN UDAI Y ACEPTADAS EN LA CARSS SIN NADA DE APORTES Y TODO COMPRADO CON MORATORIA (FALLECIDO SIN INSCRIPCION), NO HAY QUE APLICAR ART. 3

NORMA
 #501083  por diegomdp
 
yo he visto varias acordadas por la carss sin aportes concuerdo con marta, seria bueno que nos explicaras mejor tu caso noelin, viste que al carss acuerda a algunos unas cosas y despues deniega lo mismo para otros,
igual en este caso no se podria, no porque no tenga afiliacion sino porque fallecio en el 2007 y por ende al no estar en las excepciones de la 36/09 antes era la 70/06 tendria que pagar todo de contado porque si paga en cuotas seria igual que las pensionadas de la minima que ahora las esta denegando
 #501093  por diego79
 
Perdón, pero entiendo que lo que quiso decir noelin, es que le denegaron tratando de comprar la regularidad 18/36 SIN INSCRIPCION PREVIA para los casos en que, por la corta edad en que falleció el causante, no habría otra posibilidad, pero no yendo por los treinta años. Y desde ya sabemos que no usamos el art. 3º sino el 38, y SÍ podemos usar el 19 para tener en cuenta el exceso de edad, yo lo use y me fue bien, saludos!
 #502259  por noelin
 
diego79 escribió:Perdón, pero entiendo que lo que quiso decir noelin, es que le denegaron tratando de comprar la regularidad 18/36 SIN INSCRIPCION PREVIA para los casos en que, por la corta edad en que falleció el causante, no habría otra posibilidad, pero no yendo por los treinta años. Y desde ya sabemos que no usamos el art. 3º sino el 38, y SÍ podemos usar el 19 para tener en cuenta el exceso de edad, yo lo use y me fue bien, saludos!
CASOS COMO ESTE: VIUDA DE AUTONOMO INSCRIPTO FALLECIDO A LOS 54 AÑOS, CON APORTES X 8 AÑOS AÑOS EN SU VIDA AUTONOMOS, Y CASI 4 EN RRDD . REGULARIZO CON 24476 PARA LLEGAR A TODO LO Q PUDE CON MORATORIA ALGO MAS DE 26 AÑOS. PEDI LA APLICACION DE PROPORCIONALIDAD, CASO LENCINA O ESPARZA, LA DENEGARON EN TODAS LAS INSTANCIAS Y DEMANDA DE 1º INSTANCIA, LA TENGO APELADA A LA CAMARA. ES EL UNICO Q LLEGUE A JUICIO, LOS OTROS ESTAN EN LA CARSS. NO ES INJUSTO Q QUIEN JAMAS APORTO SE JUBILE Y LOS Q TENIAN APORTES AUNQ SEA POCOS, NO PUEDAN PENSIONARSE SUS VIUDAS, PQ TUVIERON LA MALA SUERTE DE MORIR JOVENES???? PARA Q ESTA LA CIRC DEANSES Q VA A CONTINUACION????? COMO EXPLICARLE ESTO A LA VIUDA???? INSCRIPTO, APORTES AUT. Y RRDD PAGA MORATORIA....ES MUY INJUSTO!!!!!

la Circular 21/06 de ANSES:
3. Pensión por fallecimiento de afiliado en actividad. Si el causante, afiliado autónomo, no registra a la fecha de fallecimiento, el ingreso de sus aportes durante TREINTA (30) (3) de los TREINTA Y SEIS (36)
meses anteriores a la misma (afiliado regular) o DIECIOCHO (18) meses dentro de los TREINTA Y SEIS (36) últimos (afiliado irregular con derecho), los derechohabientes podrán :
a) completar con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes del causante, afiliado autónomo. (aportante regular), o b) los 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si el causante, afiliado autónomo, hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos con anterioridad a su fallecimiento.