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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #495697  por esteban_cata
 
Buenos dias, puede una pensionada que ha cumplido 60 años, cancelar la moratoria que adeuda del marido y jubilarse ella por moratoria? Ya que del marido le falta poco por pagar, y ella no tiene aportes, en caso de pagar de contado la deuda es elevada.
Se podría hacer así?
 #495701  por franciscana
 
Hola!!
La moratoria tiene que ser para la señora, por sus años de trabajo y sus aportes, no se pueden traspasar los aportes. (De hecho los aportes del marido se utilizaron para otorgarle la pensión a ella).-
Lo que si se hace en el caso de Pensiones es que los derechohabientes compren en moratoria años para lograr la regularidad y acceder el beneficio.-
Entendí que preguntabas algo así, espera igual otras respuestas
Haydée
 #495710  por esteban_cata
 
No, no era esa la pregunta. Tengo entendido que las pensionadas no se pueden jubilar salvo que lleguen a los 30 años o paguen de contado la moratoria.
Esta persona tiene una pensión con moratoria, adeuda 12 meses. Podría ella pagar esos 12 meses de contado, para luego pagar sdm y hacerse su jubilación? O es incompatible pensión y jubilación con moratoria?
 #495717  por franciscana
 
Ahora si te entendí perdón!! por lo que sé, no es la traba para pedir la jubilación las cuotas pendientes de la pensión sino que por la resolución 884/06 es por tener otro beneficio, independientemente de como se haya obtenido.- Igual esperá otras respuestas, pero me parece que si no paga de contado la moratoria para su jubilación vas a tener que presentar el inicio bajo insistencia y recurrir a la CARSS y presentar un amparo.-
Haydée