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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #494715  por vickysiro
 
Buenas tardes foristas, tengo una inquietud que para muchos sera muy tonta pero a mi me complica mucho.
haciendo un sicam de una Sra. que trabajo como autonoma verifique que tiene ingresados todos los pagos en CONSULTA DE PAGOS, pero cuando hago la liquidacion me salta en detalle de deuda como que debe del 03/97 al 05/2003
Tengo que ingresar los pagos aunque ya esten en el listado de pagos??????
no quiero mandarme una macana, que hago???
gracias
 #494716  por chiqui79
 
hola vicky, si los pagos ya estan no hay que cargarlos. la deuda que te sale debe ser por intereses, fijate si pago en termino. La opcion que tenes es prescribir o pagar.
 #494718  por vickysiro
 
entonces estoy en problemas porque la deuda es altisima e impagable (aprox 180.000)
Igualmente mirando en detalle me surge en el detalle de pagos que en ese periodo - 03/97 a 05/2003 -
pago por cada mes el capital (autonomo) y otra suma en concepto de Moratoria Decreto 934/95 (y figuran al 01/1955)
que esta cancelada,
sera q no estan cargados los pagos de la moratoria?????
 #494730  por chiqui79
 
en ese caso anda a averiguar a afip, quizas falta asociar alguna cuenta o computar la moratoria. probaste con la categoria mas baja???
 #495946  por vickysiro
 
muchas gracias, estuve en afip y me dijeron - espero les sirva a otros en iguales circunstancias - que muchas veces los pagos de moratoria Dec. 493/95 o 2104/93 no se encuentran imputados o lo han sido solo al capital debido, en cuyo caso hay que llevar las constancias y formularios de dgi a la afip para que ellos corroboren que los intereses se encontraban contemplados en la moratoria y te imputen tambien el pago a los intereses.
Muchas gracias x los consejos!!
saludos