Tengo que expresar agravios en un reajuste que se hizo en los Juzgados contencioso Administrativos de Corrientes. Mi duda es la siguiente: el art 15 de la ley 24463 expresa que las resoluciones contra la ANSES tramitaran por via del juicio sumario, sin embargo el mismo se derogó de nuestro CPCC, con lo cual sería lógico pensar que lo hace por vía ordinaria. ¿En que plazo debo presentar la expresión de agravios?. Se aplica la modificacion del CPCC? Gracias. Maria.
