Hola, los fallos a aplicar generalmente son los mismos que invocas en un reajuste de jubilacion. Si se pensionó por ley 24241, para pedir reajuste de haber inicial tendrias que invocar ELLIF ( pero no en relacion a PBU, PC Y PAP, sino en relacion a la determinacion del ingreso base del art 97 ley 24241). Para la movilidad como es una beneficio reciente no sería de aplicacion badaro, ya que este se aplica hasta diciembre de 2006. Algunos foristas estan pidiendo la aplicacion de el fallo Beron, que extiende badaro, pero este fallo solo es de la CAMARA DE SEGURIDAD SOCIAL. Creo que todavia no hay una sentencia de la corte que lo confirme.Suerte.