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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #489923  por EMarcela
 
Estimados:
Agradeceria respondan a la siguiente inquietud.
Desde niña tuve un beneficio otorgado por PAMI, que consistió en la obra social y una pensión, ya que soy discapacitada desde nacimiento, con un porcentaje de minusvalia del 80%, como tuve la suerte de estudiar, pude recibirme y actualmente trabajo en blanco, en el area de desarrollo de sistemas de un banco, he aqui que mi mamá, que era mi apoderada, al ir al banco a cobrar, como todos los meses, la pensión se da que estoy dada de baja, comunicandome con PAMI Escucha, me informan que es porque trabajo y que figuro con la obra social (OSBA), (que es por cual me hacen los descuentos por recibo de sueldo).
Cuando hace 5 años comencé a trabajar averigué si trabajando podrian sacarme PAMI, y en PAMI me dijeron dijeron que nunca podrian sacarme el beneficio porque es un beneficio especial que a muy pocas personas le dieron en esos años (el beneficio comienza con el codigo 405).
Desde PAMI Escucha me sugirieron que consulte con un abogado previsional, ya que lo mio es un derecho adquirido por discapacidad y como seria mi situación si quedo sin trabajo.
Es por eso que los molesto y espero puedan asesorarme en esto.
Aclaro que la pensión que recibia era de aproximadamente $ 400, pero lo que más lamento es la obra social, ya que la misma me ha ayudado en casi 100% de las prestaciones que he necesitado.
Sin mas les agradezco su tiempo.
Saludos
Marcela
Desde Córdoba
 #489950  por lgaray
 
EMarcela escribió:Estimados:
Agradeceria respondan a la siguiente inquietud.
Desde niña tuve un beneficio otorgado por PAMI, que consistió en la obra social y una pensión, ya que soy discapacitada desde nacimiento, con un porcentaje de minusvalia del 80%, como tuve la suerte de estudiar, pude recibirme y actualmente trabajo en blanco, en el area de desarrollo de sistemas de un banco, he aqui que mi mamá, que era mi apoderada, al ir al banco a cobrar, como todos los meses, la pensión se da que estoy dada de baja, comunicandome con PAMI Escucha, me informan que es porque trabajo y que figuro con la obra social (OSBA), (que es por cual me hacen los descuentos por recibo de sueldo).
Cuando hace 5 años comencé a trabajar averigué si trabajando podrian sacarme PAMI, y en PAMI me dijeron dijeron que nunca podrian sacarme el beneficio porque es un beneficio especial que a muy pocas personas le dieron en esos años (el beneficio comienza con el codigo 405).
Desde PAMI Escucha me sugirieron que consulte con un abogado previsional, ya que lo mio es un derecho adquirido por discapacidad y como seria mi situación si quedo sin trabajo.
Es por eso que los molesto y espero puedan asesorarme en esto.
Aclaro que la pensión que recibia era de aproximadamente $ 400, pero lo que más lamento es la obra social, ya que la misma me ha ayudado en casi 100% de las prestaciones que he necesitado.
Sin mas les agradezco su tiempo.
Saludos
Marcela
Desde Córdoba

Codigo 40 : pensión no contributiva o graciable.
Cuando cruzaron los sistemas salto que tenés O Social sindical y te bajaron del Pami. Y, administrativamente, esta bien dada la baja.
y si, vas a tener que consultarlo con un abogado, previsional o no. Supongo que te sugirieron un amparo, que no sé si prosperara porque ya, para el sistema, no sos una desprotegida (digamos) ya que trabajás y tenés O Social.
Lee la Ley de Minusvalía, por ahi te sirve, depende de los años que tengás. Ya que podés jubilarte y seguir trabajando.
Suerte.
 #489973  por empedocles
 
Entiendo que antes que nada deberías concor cuál es la ley por la cual fue acordada esa pensión y si es compatible o no con otro ingreso, para el caso con el desempeño en relación e dependencia.-
Con esa respuesta, recién allí podrá establecerse cuáles son los pasos a seguir: si el beneficio es INCOMPATIBLE con otro ingreso, no hay abogado, previsionalista o no que pueda virar lo que esos regímenes establecen; quien intente un amaro se va a quedar en eso, porque no hay desprotección y si la pensión debe ser dada de baja, la continuidad de las prestaciones del P.A.M.I. es imposible, deberá manejarse, adecuarse y/o exigir a la sindical a la que se encuentre adherida.-
 #490819  por EMarcela
 
empedocles escribió:Entiendo que antes que nada deberías concor cuál es la ley por la cual fue acordada esa pensión y si es compatible o no con otro ingreso, para el caso con el desempeño en relación e dependencia.-
Con esa respuesta, recién allí podrá establecerse cuáles son los pasos a seguir: si el beneficio es INCOMPATIBLE con otro ingreso, no hay abogado, previsionalista o no que pueda virar lo que esos regímenes establecen; quien intente un amaro se va a quedar en eso, porque no hay desprotección y si la pensión debe ser dada de baja, la continuidad de las prestaciones del P.A.M.I. es imposible, deberá manejarse, adecuarse y/o exigir a la sindical a la que se encuentre adherida.-
Gracias por la respuesta!, en donde podria averiguar la ley por la cual fue acordada la pensión ??, desde ya gracias!
Saludos!