Estimados colegas, notarán que no es precisamente esta especialidad la que domino, si es que domino alguna.
El caso es que una clienta me consulta por haber recibido C.D. de su empleador en los términos del 252 de la L.C.T. Ella tiene 60 años de edad, pero sólo 20 de aportes. Dejando a un lado que puede prorrogar la situación hasta los 65 años, ella quiere seguir trabajando. No le interesa jubilarse. Ahora, una vez cumplido el tope de edad, la pueden despedir, aunque le falten 5 años de aportes?.
Gracias.
El caso es que una clienta me consulta por haber recibido C.D. de su empleador en los términos del 252 de la L.C.T. Ella tiene 60 años de edad, pero sólo 20 de aportes. Dejando a un lado que puede prorrogar la situación hasta los 65 años, ella quiere seguir trabajando. No le interesa jubilarse. Ahora, una vez cumplido el tope de edad, la pueden despedir, aunque le falten 5 años de aportes?.
Gracias.
