Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pension directa 29A y 8M. sicam por 2M?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #489675  por Aimael
 
hola chicos tengo un caso de un Sr al cual le iba a hacer una jubilacion y se muere, di de baja ese sicam lo refomule a pension (tenia reconocidos en una denegatoria de anticipada 29A y 8M) mi duda es si puedo en una pension directa hacerle sicam por esos meses que faltan? porque me surgue la duda de si el hecho de que haya hecho el primer sicam y lo haya enviado (tenia turno, anses hace paro, me reprograman el turno y el Sr. fallece antes del dia del turno) estando el causante vivo constituye inscripcion en autonomo o no? y si puedo aplicarle art 3 a esos meses? mil gracias!
 #489715  por norma_alfamar
 
Aimael escribió:hola chicos tengo un caso de un Sr al cual le iba a hacer una jubilacion y se muere, di de baja ese sicam lo refomule a pension (tenia reconocidos en una denegatoria de anticipada 29A y 8M) mi duda es si puedo en una pension directa hacerle sicam por esos meses que faltan? porque me surgue la duda de si el hecho de que haya hecho el primer sicam y lo haya enviado (tenia turno, anses hace paro, me reprograman el turno y el Sr. fallece antes del dia del turno) estando el causante vivo constituye inscripcion en autonomo o no? y si puedo aplicarle art 3 a esos meses? mil gracias!
SI PODRIAS, PERO EN QUE AÑO TENES EL ULTIMO APORTE, NO PODES APLICAR ART. 38 ????? TENES PERIODOS LIBRES HASTA DICIEMBRE 68?
 #489804  por Aimael
 
ultimo aporte en 11/2001, si tengo periodos libres hasta el 10/1970 de ahi en adelante tiene rrdd, pero no voy a tener problemas de que en Anses cuestionen si tenia o no inscripcion en autonomos por solo esos dos meses que le faltan!???
 #489933  por Aimael
 
ahora mi duda, porq art 38.

ART 38:
1°) se aplica para aportes en relación de depedencia
2°) se aplica desde los 18 años hasta el 31-12-1968
3°) sobre empresas en inactividad, debiendo mandar CD
pero no es dentro del sicam sino en la spp.

ART 3:
1°) se aplica para aportes de autónomo
2°) se aplica desde los 18 hasta el 30-09-1993
3°) no se puede aplicar sobre períodos simultáneos con rel. de dpcia.
4°) se declara dentro del SICAM por lo que nos hace mas barata la deuda, principalmente si lo aplicas sobre períodos caros

No era asi el tema?
 #489946  por lgaray
 
TE aclaro algunos:
Aimael escribió:ahora mi duda, porq art 38.

ART 38:
1°) se aplica para aportes en relación de depedencia
TAMBIEN EN AUTONOMOS O EN MIXTAS

2°) se aplica desde los 18 años hasta el 31-12-1968
SI

3°) sobre empresas en inactividad, debiendo mandar CD
NO HACE FALTA MANDAR CARTA DOCUMENTO. NI SIQUIERA YA PARA LAS PENSIONES

pero no es dentro del sicam sino en la spp.
SI, VA EN LA SPP

ART 3:
1°) se aplica para aportes de autónomo
2°) se aplica desde los 18 hasta el 30-09-1993
3°) no se puede aplicar sobre períodos simultáneos con rel. de dpcia.
4°) se declara dentro del SICAM por lo que nos hace mas barata la deuda, principalmente si lo aplicas sobre períodos caros
TODO: SI

No era asi el tema?
te decimos que mandes el 38, considerando que tenias periodos libres ¿ los tenés antes del 12/68 ?
 #489960  por Aimael
 
Igaray mil gracias, desde que cumple 18 años en 1960 a 1968 lo tengo libre, entonces vos decis que compre ahi los meses que me falte, que aplique art 38 en el mismo sicam? otra pregunta donde dice en DATOS PARA LA LIQUIDACION: debo colocar Ley 24241 en lugar de 24476.
 #489971  por lgaray
 
Aimael escribió:Igaray mil gracias, desde que cumple 18 años en 1960 a 1968 lo tengo libre, entonces vos decis que compre ahi los meses que me falte, que aplique art 38 en el mismo sicam? otra pregunta donde dice en DATOS PARA LA LIQUIDACION: debo colocar Ley 24241 en lugar de 24476.

si y no
si tenés libre del 60 al 68, mandale ahí el 38.
Y no hace falta que lo incluyas en el Sicam, con que lo declarés en la SPP esta bien.
Ponele:
Casa La Argentina (Art. 38) desde xxx hasta xxx

Depende, va con 24241 cuando no necesitás comprarle nada de años por moratoria.
Si no, le tenés que poner la 24476
 #490106  por Aimael
 
ok, cuando cargo la sit de revista en ese periodo del 60 al 64, solamente un par de meses, me tire deuda, y si le aplico el art 38 en el sicam esa deuda me sale en $0.00, o no le aplico dentro del sicam, entro en la moratoria y me salen dos pagos a cuenta, y no me lo deja hacer de un solo pago sino en dos cuotas de $33.
 #490288  por lgaray
 
HAce una cosa, mejor. Detalla los aportes que le reconocieron en la denegatoria de la jubilación y que vas a repetir en el pedido de pensión.
Porque si tenés reconocidos 29 - 8 de rel de dependencia quizás no haga falta que hagás un sicam.
Lo que te decimos es que lo declarés en la Solicitud, sin Sicam. Y va a estar bien.
Y a todo esto : en el pedido de solicitud de jubilación anterior ¿ no le incluiste los 4 años de DJ por el cese del 2001 ?
 #490347  por Aimael
 
esa jubilacion era una anticipada, que no la tramite yo, el sr era un un tio que estaba perdido no se acordaba que abogado le tramito esa jubilacion y ni sabiamos de la existencia de esa jubilac en el fed con una reconsideracion, yo sin certif ni nada le estuve a punto de iniciar la jubi pero resulta q anses entra en paro y me reprogramna turno el sr fallce antes del dia del turno, pasado unos meses volvimos pero ahora por pension y resulta que alli no enteramos de esa anticipada y de todo ese lio, tome vista del expte y me encontre con mas años de serv de los que salia en sijp y detallo el computo de anses por el que se le reconocen esos 29 A y 8M
(acabo de ver que ya hay art 38 aplicado)

art. 38 26/09/1960- 31/12/1968: 04 00 00 AT R
Meiners 01/05/1969- 15/07/1970: 01 02 15 AT R
Audet 22/09/1971- 28/02/1978: 06 05 09 AT R
Martin 24/04/1978- 25/03/1991: 12 11 02 AT R
consorc 13/12/1993- 13/03/1994: 00 03 01 AT R
consorc 21/10/1995- 28/02/2000: 04 04 10 AT C
consorc 09/05/2001- 08/11/2001: 00 06 00 AT C

TOTAL DE SERVICIOS: 29 08 07

le voy a tener q hacer sicam ahora si, aprovechando esos espacios libres, total solo necesito un par de meses, me queda lilbre entre 08/1970 a 08/1971 y esta dentro de los baratos! se puede aplicar art 3 (o sea 4 años porq cesa en 2001)?