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  • EJEC. DE SENTENCIA RES 562/02

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #481980  por coraso
 
Hola, tengo un reajuste en etapa de ejecución. La sentencia de CFSS exlucuye- por la edad de la actora- de los alcances de la ley 25344. Ahora bien, como la sentencia determinó no aplicables al caso la consolidación de la ley 25344 ( en virtud de Res. 1061/01 y 562/02) entiendo que no se produce - en este caso- la novación de la obligación, motivo por el cual presenté la liquidación en efectivo ( sin cortes correspondientes a la ley de consolidación)
Anses nada observó a dicha liqudiación, por lo cual solicité se apruebe la misma, y en el mismo escrito hice reseva a reclamar en el futuro las diferencias que puedan surgir a favor de la actora, por la conversión del valor de los bonos a efectivo.
Hoy me encuentro con que para aprobar la liquidación me piden que presente nueva liquidación en bonos, de la cual, obviamente van a dar nuevo traslado a la Anses , dandoles la 2º oportunidad para que observen un traslado que ya se venció. Y por otro lado, la actora tiene 92 años de edad, si hago lo que me pide el juzgado, este trámite seguramente va a demorar un año más, el cual quizás la actora ya no pueda esperar.
Ahora, para mi no tiene sentido que si la CFSS expresamente exluye la aplicación de la ley 25344 me hagan presentar liquidación en base a dicha norma. Esto me pasó en el JFSS 7. A alguno de Uds les pasó? ante esta situación cómo proceden?