Hola. Les cuento: fallece mujer en actividad, empleada de la Prov. Bs As, separada de hecho hace 25 años, no concubinato posterior.
Pregunto: marido, concubinato posterior a la separación con la causante, puede gestionar la pensión? Leo en el decreto provincial que no hay derecho, pero consulto si en la práctica se otorgan alguna de estas pensiones. Desde ya hay domicilios diferentes. Gracias. Saludos
Pregunto: marido, concubinato posterior a la separación con la causante, puede gestionar la pensión? Leo en el decreto provincial que no hay derecho, pero consulto si en la práctica se otorgan alguna de estas pensiones. Desde ya hay domicilios diferentes. Gracias. Saludos
