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  • Cobro de alquileres

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 #471265  por fugitiva
 
bUENM DÌA:

Querìa preguntarles por el cobro de alquileres cuando el contrato es verbal..
He leìdo por ahi que junto con la demanda se presenta uno o varios informes de un perito acerca del precio del alquiler relativo al valor de la cosa en cuestiòn.

Ustedes presentan este informe o directamente ofrecen pericias a producirse en periodo probatorio?
El monto de la demanda ews determinado , a determinar o indeterminado?



ADEMÀS: En caso de ampliar la cuantìa de lo reclamado- art 331- , es posible presentar nuevamente el informe de un perito que verse sobre el nuevo valor del alquiler? pOr ejemplo, incluir en la ampliaciòn algùn rubro no reclamado en la demanda (actualizaciones, etc....)
 #471307  por abogado_1987
 
Fugitiva, tené presente >

ARTICULO 1º — Instrumentación. Los contratos de locaciones urbanas, así como también sus modificaciones y prórrogas, deberán formalizarse por escrito. Cuando el contrato no celebrado por escrito haya tenido principio de ejecución, se considerará como plazo el mínimo fijado en esta ley y el precio y su actualización los determinará el juez de acuerdo al valor y práctica de plaza.

LEY Nº 23.091