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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #468494  por vandem
 
Hola: les cuento que tengo que presentar una jubilación de una persona que es pensionada, la señora va a pagar de contado la deuda, el tema es que tiene dos años de aportes autónomos posteriores al 93, y hasta donde sé no se puede enviar por web, saben si sigue siendo así??? Desde ya muchas gracias a todos!!
 #468505  por anamaria83
 
No se pueden tomar aportes posteriores al 09/1993, aunque los podés renunciar con art 1 25321. Igualmente, en tu caso NO PODÉS POR WEB, porque al pagar de contado la cuota (única) seguramente supera los $600. Pedí un turno. Saludos *suerte*
 #468546  por vandem
 
Muchas gracias por la respuesta, si es lo que pensaba hacer pero por las dudas quería confirmarlo, nuevamente gracias!