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 #466583  por invereco
 
la cuestion es la siguiente. inicio demanda por daños y perjuicios contra la persona que me choco.
el accidente fue el día 25/05/07.
la citan a la aseguradora en garantía. hasta ahí todo bien....
El día 14 de octubre de 2009 me notifican de la caducidad de la instancia porque el abogado no movió la causa. Ahora bien, puedo iniciar un nuevo juicio o ya esta prescripto. por favor les agradecería una respuesta y si es posible con un poquito de fundamentación. un abrazo y gracias
 #466593  por achus
 
¿El juicio está radicado en provincia de Buenos Aires, Capital o dónde?
¿Te notificaron la caducidad decretada o te intimaron?
 #466598  por invereco
 
me notificaron la caducidad de instancia. el juicio es en tierra del fuego. gracias
disculpame la ignorancia, habiéndose dictado la caducidad, el periodo del juicio (desde que se demando hasta la caducidad) interrumpe la prescripción... gracias
 #466600  por CARLOSPATRICIO
 
Tenes queindicar la fecha de iniciacion del daños, estimo que se trata de cap, ya que en prov antes corren traslado para realizar un acto impulsorio suspensivo del termino de caducidad, en cap verificado el cumplimiento de los plazod decretan la caducidad
 #466621  por poorlaw
 
invereco escribió:me notificaron la caducidad de instancia. el juicio es en tierra del fuego
Hay que investigar cómo es la jurisprudencia de T. del Fuego en torno al art. 3987 del CC.

En Capital hay un plenario viejo que dice que la interrupción de la prescripción causada por la demanda se mantiene, en tanto no se declare la caducidad de la instancia.

Saludos.
 #466631  por CARLOSPATRICIO
 
ARTÍCULO 3987. La interrupción de la prescripción, causada por la demanda, se tendrá por no sucedida, si el demandante desiste de ella, o si ha tenido lugar la deserción de la instancia, según las disposiciones del Código de procedimientos, o si el demandado es absuelto definitivamente.