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  • despues de la DECLARATORIA DE HEREDEROS como sigo???

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 #464933  por aior
 
Buenas a todos. Ya voy por el pedido de declaratoria en mi primera sucesion (tramita en prov de bs as). Mi cliente quiere vender la casa x tracto abreviado entonces las dudas q me surjen son las siguientes:
1) Cuales son los pasos q tengo q seguir una vez q el juez dicte la declaratoria de herederos?
2) Cual es el trabajo q tengo q hacer yo y cual hace el escribano?
3) Tengo q pagar tasa de justicia y sobretasa si el unico bien q compone el aservo es un inmueble? Cual seria el monto/porcentaje si la valuacion fiscal del mismo es de $50.000?
4) Aparte de la tasa de justicia q mas tiene q p'agar mi cliente y x q valor?

Desde ya muchas gracias!!!!!!!!!!
 #464986  por abogado_1987
 
tené presente ...

Requisitos para la inscripción de bienes:

1) Debe acompañarse la conformidad expresa de todos los herederos.

2) Se debe acompañar el certificado de inhibiciones del causante (validez 3 meses).

3) Se debe acompañar certificado de dominio del bien (validez 3 meses).

4) Se debe acompañar la Valuación fiscal del año en curso expedida por la Dirección Territorial de Catastro de la Pcia. de Bs. As. A los fines regulatorios y pago de la Tasa de Justicia.

5) Deberá denunciarse las proporciones correspondientes a cada heredero en números fraccionados.

6) Se debe acompañar la declaración jurada de bienes.

7) Debe estar cumplido el art. 21 de la ley 6716 (aportes) y manifestar la percepción de honorarios o conformidad con la inscripción.

8 ) Debe estar abonada la tasa de justicia (2,2%), sobre la parte que se transmite y sobretasa (10%)

http://www.jciv3sanmartin.com.ar/info_t.php?id=12

(1) Art. 28: (Texto según Decreto 2612/1972) El plazo de vigencia de las certificaciones solicitado para la autorización de documentos notariales será de: ... Los certificados o informes que se requieran para actuaciones judiciales que no sean notariales, tendrán validez de noventa días. http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 11643.html