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  • juicio ejecutivo sin bienes embargados

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 #464629  por jak2222
 
Hola soy nueva en la pagina...mi duda es la siguiente: inicie un jucio ejecutivo por cheque sin fondos contra dos sociedades, como desconocia los bienes pedi inhibirlos, me salio la inhibicion provisoria porque me faltaban algunos datos, me libraron los mandamientos y solo los intime y cite a oponer expeciones pero no los embargue en ese momento...ahora bien....ya estoy en condiciones de pedir se dicte sentencia pèro...no tengo bienes embargados...ya pedi un indice de titulares en el RPI pero segun me adelantaron no tienen bienes registrables....mi pregunta es PUEDO VOLVER A SOLICITAR UN MANDAMIENTO SOLO CON FINES DE EMBARGO? O TENDRIA Q HABER EMBARGADO EN EL MOMENTO QUE LOS INTIME? es decir ya perdi mi oportunidad de embargar mediante mandamiento? de poder hacer esto...lo pido antes de solicitar se dicte sentencia? o luego de la sentencia puedo pedir un mandamiento para embargar? yo se que puedo denunciar nuevos bienes para embargar...pèro no se mediante que medios lograr embargar bienes....
AYUDA!!!
 #464642  por Master
 
jack ..
La orden de embargo sale por defecto junto la de intimar y citar de remate, pero es independiente. Puede pedir la intimación y citación, y luego la sentencia, sin embargar nada. O embargando luego. O pidiendo inhibición. El único trámite distinto es el embargo previo a la intimación.
En cuanto a la inhibición, se anota preventivamente hasta que se completa algún dato faltante, pero el plazo de vigencia es breve. Una vez integrados los datos se convierte en definitiva y tiene cinco años de validez, renovables.
En el caso que plantea interpreto que no se opusieron excepciones y se diligenció correctamente el mandamiento (en la persona de la demandada), en cuyo caso pida sentencia y notifíquela. Una vez firme cesa la caducidad de instancia y ese título vale por diez años.
 #464661  por jak2222
 
gracias master!!!....a ver si entendi bien, el mandamiento de embargo es independiente...es decir q yo puedo volver a solicitar un mandamiento de embargo antes o despues de la sentencia de remate? me interesa embargar de esta forma porque iria con el oficial y policia a embargar concretamente...ya q estoy dando vueltas con oficios, informes, indice de titulares al RPA, RPI, de capital y pcia de bsas, a los bancos, etc, mil vueltas cuando quiza en una tarde soluciono el tema del embargo...
ya pedi oficio ampliatorios de IGB completando los datos q me faltan...
de nuevo mil gracias!!!