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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #457985  por DRA.SIL
 
Hola,les consulto respecto a la jubilación de trabajadores de la construcción.Tengo 2sres.de 56 y 59años,ambos reunen los 12años dentro de los últimos 15años de aportes en dicho regimen,ahora mi duda es en cuanto al art.3 de la 26494 ya que la misma versa:
ARTICULO 3º — El requisito de edad establecido en el artículo 1º, respecto de los trabajadores
varones, regirá a partir del cuarto año de vigencia de la presente ley, fijándose durante el
primer año de vigencia la edad mínima de SESENTA (60) años; durante el segundo año de
vigencia la edad mínima de CINCUENTA Y SIETE (57) años, durante el tercer año la edad
mínima de CINCUENTA Y SEIS (56) años para acceder al beneficio. Esta gradualidad no será
aplicable para las trabajadoras mujeres, las que podrán acceder al beneficio a los CINCUENTA
Y CINCO (55) años, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.

Puedo jubilar a estos sres o debo esperar al año que viene para incluirlos a ambos,ya que uno de ellos tendrá 60 y el otro 57años respectivamente???

Saludos!!
 #457998  por anamaria83
 
Vas a tener q esperar al año que viene. Hoy ninguno de los dos puede, y el año próximo los dos van a estar incluidos. Saludos