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  • Proc. Sumarisimo - Ayuda !!!

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 #451094  por FioreLafiosca
 
Hola foristas, como estan?
Los molesto por lo siguiente: inicie un accidente de transito sin lesiones y el juez resolvio que debe ir por proced. sumarisimo.
Tengo entendido que dicho proceso tiene las stes. caract.:
- no hay alegatos
- los traslados son por 3 dias
- no hay excepciones
- solo se apela la sentencia definitiva
- 5 dias para fundar y contestar memorial

Alguien me podria indicar si hay alguna diferencia mas?.
Mil gracias como siempre por la ayuda.-
Saludos. Fiore.-
 #451112  por cdiriarte
 
Correcto. 1º Con la demanda y contestación se ofrecerá la prueba y se agregará la documental. 2º No serán admisibles excepciones de previo y especial pronunciamiento, ni reconvención. 3º Todos los plazos serán de tres días, con excepción del de contestación de demanda, y el otorgado para fundar la apelación y contestar el traslado del memorial, que será de cinco días. 4º Contestada la demanda se procederá conforme al Art. 359. La audiencia prevista en el Art. 360 deberá ser señalada dentro de los diez días de contestada la demanda o de vencido el plazo para hacerlo. 5º No procederá la presentación de alegatos. 6º Sólo serán apelables la sentencia definitiva y las providencias que decreten o denieguen medidas precautorias. La apelación se concederá en relación, en efecto devolutivo, salvo cuando el cumplimiento de la sentencia pudiese ocasionar un perjuicio irreparable en cuyo caso se otorgará en efecto suspensivo. Suerte.