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  • venta por poder

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 #448051  por leon21
 
hola amigos, hola colegas
pregunto si me pueden dar una mano en esto:
1.-tengo una propiedad que se ha vendido por poder, pero atenti : aparentemente dado el poder todavia no sabemos si es asi, la persona que habria dado el poder para dicha venta ya ha fallecido.
mi pregunta es: dicho poder dado para dicha cuestion dura hasta el fallecimiento de la persona esto es asi ??????
2.-los poderes entregados por cualquier persona culminan con su fallecimiento ??? esto es asi ????

(hay herederos que estan haciendo la sucesion y ha aparecido esto y nadie sabia nada).-

GRACIAS A TODOS !!!!!
 #448053  por anaines
 
depende del tipo de poder si el poder que se dio en su momento es poder un especial de venta irrevocable y no vencio el plazo de irrevocablidad, no importa que el que otorgo el poder haya fallecido.-
Saludos
 #448081  por leon21
 
GRACIAS anaines!!!
en ese caso especifico que tu nos dices, los herederos que deberian hacer ??????


gracias !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #448103  por anaines
 
mira yo trabaje en una escribania, los poderes irrevocables de venta se hacen solo si hay boleto y el saldo de precio del boleto esta satisfecho, obviamente ademas el boleto esta sellado.- Este tipo de poder se usa cuando el que compra no tiene plata para escriturar, entonces se lo hace compra por boleto y se asegura la escritura con el poder, quedando cubierto en caso de fallecimiento del titular dominial por el plazo que dura la irrevocabilidad.- Por ende si existe poder especial de venta irrevocable es porque el titular de dominio firmo un boleto, y si para colmo la plazo fijado para la irrevocablidad no esta vencido, no creo que los herederos puedan hacer mucho.-
Saludos
 #448113  por leon21
 
GRACIAS anaines !!!
en este caso te cuento no sabemos que clase de poder es todavia perovos que trabajastes en una escribania , mora en este caso escrituraron y esta registrada ya en el rpi, supuestamente en estos casos sera poder por determinado tiempo?? que me dices???? no creo que en este caso sea irrevocable ??
y con la muerte o el tiempo estipulado en dicho poder queda terminado el poder ??? que me dices

graciassssssssssssssssssssssssss
 #448121  por anaines
 
no te entendi que me quisiste decir?????? quien escrituro??????? si me podes explicar un poco mas explayado te ayudo
 #448259  por leon21
 
HOLA anaines !
el tema es asi el que compro escrituro con la venta por poder a traves de un escribano, y esta ya registrado en el rpi, asi de simple nos figura asi en el RPI.- NO HA SIDO POR BOLETO SINO ESCRITURARON Y REGISTRARON EN EL RPI, el tema es si con ello culmina el poder y segundo otro tema deberemos ver si es verdaderamente la firma del fallecido o llegar a otra conclusion, que me dices???? o necesitas algun dato mas ???
el tema ademas es que esto se firmo unos dias antes de fallecida la esposa del causante y despues fallece el y esto no era lo que comunmente hacian ellos, la señora se encargaba de hacer todo por eso nos resulta demasiado extraño esta venta por poder en dicha fecha ademas de todo.-
desde ya un millon de gracias !!!!!!!!!!!!!!!!!
 #451325  por anaines
 
en primer lugar por lo que me contas entiendo que el inmueble ya esta inscripto a nombre de otro y q la escritura se firmo usando el poder que te plantea dudas.-
si no existia boleto no era poder especial irrevocable seguramente.- Ahora bien si el tipo estaba vivo (el mandate) cuando firmaron la escritura, entonces el poder no esta mal usado, es mas si era especial para vender ese inmueble en particular y no un poder mas amplio, debe estar agregado en el protocolo del escribano en la escritura de venta (obviamente si era un poder para q realice ese acto en particular o sea vender ese inmueble el poder sirve nada mas q para eso y efectuado el acto termina la representacion)
En cuanto a lo de la firma, del difunto en el poder, supongo que ningun escribano va a dejar q firme un poder una persona que no es efectivamente la que figura en el.... siempre le piden exhibicion del DNI y se toman otros recaudos como saber que el firma es realmente quien dice que es.-
Lo unico que se me ocurre es que te fijes el caracter del bien ( si era ganacial ademas tiene que haber firmado la señora el poder o la escritura de venta dando el asentmiento y si eso no esta la escritura esta mal ) ahora si el bien era propio hubiera bastado para transmitir el inmueble con una declaracion del mandante acerca de que el mismo no es asiento del hogar conyugal en q habite con hijos menores o incapaces.-
 #452345  por leon21
 
GRACIAS anaines !!!!
me has esclarecido el panorama
ahora buscare los datos que tu me dices, y si no es mucha molestia con los datos a la vista, te preguntare algo si me surge alguna duda pero ya lo has dicho todo
te agradezco en el alma, muy profesional lo tuyo y muy agradecido de ello GRACIASSSSSSSSSS !!!!!!!!!!!!
para lo que necesites, aqui estoy.-
 #461882  por leon21
 
hola anaines , podrias contestar esto tu que ya trabajastes en una escribania, desde ya muchisimas gracias !!!!!

HOLA AMIGOS, HOLA COLEGAS!!!
Consulto:
1.-en una sucesion cuando tenemos los informes de dominio y resulta que figura por ejemplo, comprado siendo viuda en primeras nupcias y la realidad cotejando fechas y partidas da que en dicha epoca estaba ya casada en segundas nupcias, la pregunta seria : que pasa si uno no dice o mejor dicho manda a inscribir asi nomas sin darse cuenta de dicha situacion???
2.-el registro por si mismo inscribe directamente lo que le enviamos ???? o hace algun cotejo interno para ver la realidad de dicha epoca ????
3.-o directamente inscribe lo que pedimos, y si esto sucede cual seria la consecuencia de este equivoco???? si alguien dice algo sobre el tema de dicha equivocacion ??? o dierctamente si nadie dice nada no pasa nada ???
alguien puede contestar estas preguntas ????
desde ya un millon de graciassssssssssssssssssssssssssssssssssssss!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!l
Miembro
 #463428  por anaines
 
si del certificado de dominio te sale que la señora era viuda de sus primeras nupcias con fulanito de tal, en lugar de casada en 2 nupcias con sultanito, es obviamente por que la señora cuando firmo la escritura de compraventa, manifestó un estado civil distinto al que tenia, te comento que el estado civil, es una manifestacion de parte, lo que quiere decir, que el escribano no verifica si esta mujer al momento de comprar es viuda o no ( dicho de otra forma el escribano no tiene la obligacion de verificar el estado civil que declara la parte).-
Y de mas esta decir que la gente a veces miente en esos asuntos, a veces te podes dar cuenta y a veces no, por ejemplo si sos titular de dominio, queres vender, en el certificado de dominio figuras como casada, y manifestas que sos soltera, es obiva la mentira, y ningun escribano va a efectuar esa escritura de venta si no firma dando el asentimiento conyugal el marido.- Pero en este caso que vos planteas el escribano no tiene forma de saber que ella ya no era viuda sino casada en 2 nupcias, porque como te dije antes el estado civil es una manifestacion de parte.-
2) el Registro tampoco coteja estado civil.-
3) para solcionar ese tema, tendrias que hacer una escritura rectificatoria del estado civil, en la cual se pueda acreditar que a la fecha de compra la mujer no era viuda sino casada en 2 nupcias.- Entonces se corrige el error, y ella apareceria como casada en segundas nupcias con fulanito en el certificado de dominio.-
 #463838  por leon21
 
GRACIAS anaines !!!
te pregunto:
1.- es obligatorio hacer esta rectificacion?????
2.- y el juzgado no se fija o coteja el estado civil de ese momento para saber que es lo que debe insdribir , se inscribe bien????
3.-que pasa si uno manda a inscribir haci como esta ??? si por lo que tu me dices nadie se fija el estado civil si es casado o viudo o soltero.-
4.-si todos los herederos saben y a nadie le afecta esto, es necesaria hecer dicha rectificacion????
desde ya muchisimas graciasssss !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!