Estimada gente:
Necesitaría saber si algún colega planteó judicialmente la conversión de los conceptos no remunerativos del sueldo en remunerativos. Sabido es que es un perjuicio grande a la hora de calcular el haber jubilatorio. Por supuesto que si tienen algún material jurisprudencial al respecto se los agradecería enormemente.
Atte
Necesitaría saber si algún colega planteó judicialmente la conversión de los conceptos no remunerativos del sueldo en remunerativos. Sabido es que es un perjuicio grande a la hora de calcular el haber jubilatorio. Por supuesto que si tienen algún material jurisprudencial al respecto se los agradecería enormemente.
Atte
Fabian
