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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #446923  por Lucas010
 
ANSES vs Profesionales

En otro capitulo de esta pelea de resentimiento de los funcionarios del anses, me rechazaron el tramite por que en el formulario de solicitud en vez de cargr 12/05/79 puse 01/05/79 es decir por 12 dias que pedi de mas, de ultima no lo consideraba, igual llegaba a los 30 años, la alternativa era hacer reserva de derecho por esos 11 dias, pero como no estba la titular no me dejaban pedir la reserva de derecho! Lo que me lleva a preguntar para que sirve los poderes??? Es increible lo que hacen en algunaas UDAI, y lo peor de todos es que ellos no ven el daño que le hacen un pobre tipo que por culpa de un exceso rigurismo formal no puede jubilarse...

Despues por otro lado me exigen que la firma del poderdante y del apoderado, sean certificadas en el mismo acto! de donde sacan esas normas???

Y cuento todo esto por que la bronca que tengo ahora, quiero leer si alguno tiene, alguna reglamentación en relacion a la solicitud del turno y poderes. Alguien tiene alguna nomra??? por favor que me la pase!!!

Gracias
 #446929  por fabidoc
 
Le hiciste firmar en observaciones al titular para hacer alguna enmienda?
El poder, en realidad, si no fuiste con la persona a firmarlo, tenés que firmarlo en presencia del empleado.-
Que mala onda igual. DOnde fue?
 #446945  por Lucas010
 
Esta firmado, pero en blanco la parte de observaciones. Pero no, ellos pretenden que eso se complete en el momento de rellenar el formulario, no cuando surge el problema.
Esta bien, pero ahi continua la locura que nos estan exigiendo, que es que el poder sea firmado en el mismo acto por las dos personas, con lo cual, si tenes un cliente a 400 km, o te vas para alla o lo tenes que traer. Cuando todos sabemos que en los poderes (generales al menos) no es ni siquiera necesaria la firma del apoderado.
Esto esta ocurriendo en la UDAI del chaco.

Un saludo