Hola colegas una pregunta puede realizarse un der real de usufructo sobre una propiedad y luego afectarla como bien de flia, o no se estaria cumpliendo la finalidad del Bien de familia?
Hola interesante pregunta, el usufructo a favor de quien sería?
Porque fijate que el art. 41 de la ley 14.394 dice "El propietario o su familia estarán obligados a habitar el
bien o a explotar por cuenta propia el inmueble o la industria en él existente, salvo excepciones que la autoridad de aplicación podrá acordar sólo transitoriamente y por causas debidamente justificadas", lo que haría suponer que constituir un usufructo a favor de una tercero está vedado... y constituirlo a favor del titular no tiene mucho sentido, porque ya está "usando" la cosa.-
Estoy pensando en voz alta, no se si te sirva en algo.-
esperá mas opiniones.-
Saludos
