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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #441209  por eldiegor10
 
Hola, antes que nada disculpen por la molestia ocasionada. Quisiera realizar una consulta en cuanto a la "Baja de un Autónomo" (siempre aportó como autónomo), posee 30 años y dos meses de aportes. Al realizar la liquidación mediante el SICAM existe una deuda de $28,72 (perteneciente al 2007 y 2009 - interes y un reajuste). En la AFIP me han recomendado darle la baja mediante el sitio web (Sistema Registral --> Cancelación de Inscripción). Me han realizado un comentario en un post pasado en el foro, en el cual me afirmaban que para jubilación debo realizar "cese ficto al ultimo periodo pago", ¿cómo se realiza?, por favor ayuda, estoy algo desorientado. Muchas Gracias!!
PD. mi papá realizó el último pago el 1 de octubre (correspondiente al período 09), ¿hasta cuando tengo tiempo para dar la baja?, si no doy la baja rápido, ¿deberá pagar en noviembre nuevamente?. Espero que puedan ayudarme, la verdad es que no estamos pasando una buena situación económica, por eso no pude recurrir a contratar los servicios de un abogado. Figura en la AFIP en la categoría 201 (changador). Gracias por su ayuda.
 #441229  por ISIS
 
Hola, lo mas razonable, si tienen problemas economicos y no pueden consultar con un contador, es dirigirte con tu padre, (con DNI en original) y consultar en la delegacion de AFIP a la que pertenece, como haces para darle la baja. en todas las delegaciones tienen unos boks de consulta donde te asesoran e indican como realizarlo...incluso en algunos casos te reciben en tramite personalmente .
En relacion a la baja, es importante que te asesoren bien ya que a lo mejor no le das bien de baja en todos los items en que estaba inscripto y despues en el futuro le pueden querer cobrar periodos adeudados.
Con respecto a cuando darle de baja, si se la das dentro de este mes posiblemente te quede aduedado octubre si no lo pago, pero seria importante hacer el tramite antes de fin de mes asi no te toma un mes mas y te salvas de noviembre.
Saludos.
P.D.: es importante que dejes todo bien resuelto para que cuando cumpla la edad jubilatoria no se encuentre con problemas de periodos adeudados.
En relacion a la deuda de $28, si me decis que periodo exacto es, y si es capital o interes te puedo indicar el formulario para cancelarlo.
 #441277  por almabal
 
La baja en autónomos puede hacerla si no está obligado a pagar. Si tiene comercio, ejerce una profesión, presta servicios y factura, no puede hacerlo. Además, en el supuesto de que no estuviera obligado, hay otros impuestos en los que puede estar inscripto en los cuales habría que ver la posibilidad de la baja. ¿Por qué no consultás con un contador para que te asesore correctamente?