Hola colegas, tengo una duda a ver si alguien puede clarificarmela. Estoy trabajando en una sucesion de tres hermanos, los cuales arreglaron exctrajudicialmente la manera de repartirse los frutos de los bienes (alquileres), se firmó un convenio y se presentó en el expediente, pero no se va a depositar la pata en el juzgado sino que la van a percibir directamente cada uno de ellos.
La duda es la siguiente: estos montos de frutos cuentan para la regulacion de honorarios? porque mi clienta me lo preguntó y no supe que contestarle! Porque en verdad los bienes son pocos, pero de buenos alquileres... Graciass
La duda es la siguiente: estos montos de frutos cuentan para la regulacion de honorarios? porque mi clienta me lo preguntó y no supe que contestarle! Porque en verdad los bienes son pocos, pero de buenos alquileres... Graciass
