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  • apremio provincia bs as

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 #437649  por chiqui79
 
Hola a todos y gracias por la ayuda. Tengo que interponer excepciones en un juicio de apremio de la provincia bs as. (ejecutivo) y se me generan dudas respecto de las prescripciones de los periodos, ya que hay codigo fiscal y varias leyes y respecto al titulo ejecutivo: presentan un resumen de deuda general que no especifica ni periodos ni montos, solo deuda general, ni siquiera dice cuando vencio, lo cual me impide ver el tema de la prescripcion.
La deuda es eso va como inhabilidad de titulo, o con que excepcion??? porque presiento que como inhabilidad no va a salir.
Podrian darme una mano con algunos argumentos o sugerencias???

Gracias.
 #437708  por flux
 
La excepcion diria yo es inhabilidad de titulo por lo que me contas por los hechos que mencionas. Pero en si que tipo de titulo ejecutivo es? es un apremio por multa laboral del ministerio de trabajo? es por tasas de ABL? o por que causa es? porque dependiendo de eso te puedo decir la validez del titulo ejecutivo. Por ejemplo en un apremio por multa de Ministerio de Trabajo el titulo ejecutivo se conforma por el resumen de deuda impuesto en sede administrativa firme y consentido acompañado de la notificacion que lo hace ejecutorio y entre esos dos documentos el titulo se hace ejecutivo y da la fecha
 #437783  por chiqui79
 
es un apremio por deuda de inmobiliario de arba, el juicio data del año 1998 nunca fue notificado. Lo que mas me extraño es la falta de detalle de los periodos y los montos que se adeudan, expresamente dice:

16/00 FOPROVI AÑO 1986
16/01 FOPROVI AÑO 1986

y al final detalla
deuda total.......................$6000
te parece suficiente detalle para un titulo ejecutivo???
Tu opinion sincera???, para mi no esta suficientemente especificado, no declara ni siquiera los vencimientos de los periodos. Amén de que si fueron en 1986 y se inicio en 1998 estan prescriptos no????
Gracias por tu ayuda.
El bien esta inhibido por esto y la dueña fallecio. Yo represento a una insana, de alli mi preocupacion para que no me cobren de mas. Soy curadora designada.
Gracias.
 #437797  por flux
 
De arba no tengo idea pero en si le meteria estas defensas:

Primero denuncia el fallecimiento del titular (creditalo con partidas de defuncion) del bien y solicita suspension de las actuaciones hasta tanto se determine un administrador para la sucesion que pueda contestar la accion.

En subsidio y en caracter provisorio metele una inhabilidad de titulo basandote en que no detalla periodos, no detalla fecha en que se hizo ejecutivo el titulo, no detalla aparte quien es el obligado al pago y eso es falta de legitimacion que en si es una variable de la inhabilidad de titulo (creo que no dice quien es el obligado no?)

Y denuncia el estado de incapacidad de la persona que vive en el inmueble acreditando el proceso de insania (supongo que es pariente del titular dominial y por tanto heredera aparente cosa que acreditarias con partidas de nacimiento) y pedi intervencion del ministerio de menores

Con eso mandas el ejecutivo a dormir por eones
 #438269  por chiqui79
 
GRACIAS POR TUS CONSEJOS. Me sirvieron un monton. Yo soy la administradora del sucesorio tambien, vere de oponer defensas como vos me dijiste. Un millon de Gracias.
El obligado al pago figura arriba del todo en el certificado, eso si, pero con el resto coincido que no hay forma de ejecutar un titulo tan incompleto.
Muchas gracias de nuevo.