Hola Foristas !!!.
Es mi primer mutuo. Me dicen si hice todo bien, si sobra o si falta algo.
Gracias !!!!
CONTRATO de MUTUO.
En la ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Septiembre de 2009, entre ................, D.N.I. ........., domiciliado en la .........., Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado EL MUTUANTE (acreedor), por una parte, y el Sr. …………………………………………………… D.N.I. …………………… , domiciliado en la calle …………………, en adelante denominado EL MUTUARIO (deudor), por la otra parte, se conviene en celebrar el presente contrato de mutuo o préstamo de dinero, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: -----------------
PRIMERA: ENTREGA DE DINERO. La parte MUTUANTE entrega en este acto, en carácter de préstamo, a la parte MUTUARIA la suma de Dólares Estadounidenses Quince Mil (U$S 15.000.-), suma que la parte MUTUARIA acepta de plena conformidad, sirviendo el presente de suficiente recibo.
SEGUNDA: OBLIGACION DE DEVOLUCION. FORMA DE PAGO. La parte MUTUARIA se compromete devolver la suma prestada en una sola cuota, con vencimiento el día 20 de Enero de 2010, sin necesidad de requerimiento ni interpelación alguna por parte de la parte MUTUANTE. ---------
TERCERA: MONEDA DE PAGO. El presente préstamo deberá cancelarse en dólares norteamericanos. Queda aclarado que, si por cualquier causa se afectara, suspendiere o modificara la paridad cambiaria existente a la fecha el Mutuario se compromete expresamente a cancelar sus obligaciones emergentes del presente mediante dólares norteamericanos, adquiridos conforme a la paridad oficial o no, en el mercado local u otro del extranjero. ---------------------------------------
CUARTA: CLAUSULA DE INTERESES. La parte MUTUARIA se obliga a abonar, en la misma fecha de vencimiento indicada en la Cláusula Segunda –esto es el día 20 de Enero de 2010-, conjuntamente con el importe del préstamo, un interés que se pacta libremente entre las partes en el 20% calculado sobre el capital del préstamo. Ello equivale a un interés que asciende a la suma de Dólares Estadounidenses Tres Mil (U$S 3.000.-), lo que totaliza –conjuntamente con el capital adeudado- la suma de Dólares Estadounidenses Dieciocho Mil (U$S 18.000.-). ----------
QUINTA: INCUMPLIMIENTO. MORA AUTOMATICA. En caso de incumplimiento en el pago de la cuota estipulada en la fecha de vencimiento establecida, tanto del capital como de los intereses, se producirá la mora en forma automática de la parte MUTUARIA, de pleno derecho y sin necesidad de intimación ni requerimiento alguno por parte del MUTUANTE y devengará un interés del 2% mensual, que se aplicará sobre el capital y los intereses adeudados y hasta el efectivo pago. ----
SEXTA: IMPUTACION DE LOS PAGOS. En el supuesto previsto en la Cláusula Quinta, la parte MUTUANTE imputará los pagos de la parte MUTUARIA, primero a cancelar los gastos originados en la mora, luego los intereses establecidos en la Cláusula Quinta, seguidamente a los intereses estipulados en la Cláusula Cuarta, y por último a la cancelación del capital adeudado. ---------------------------------------------------------
OCTAVA: CADUCIDAD DE PLAZOS. Los plazos acordados caducarán también de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, judicial o extrajudicial, cuando con relación a la parte MUTUARIA se pidiere o decretare su quiebra o concurso. --------------------------------------------------------
NOVENA: DOMICILIO DE PAGO. Las partes convienen que el lugar de pago y cancelación del presente contrato será en ................. o donde en el futuro indique la parte MUTUANTE. ------------------------------
DECIMA: PAGARE. En garantía de cumplimiento del presente se firma un pagaré sin protesto por la suma de Dólares Estadounidenses Dieciocho Mil (U$S 18.000.-), el cual será restituído por la parte MUTUANTE a la parte MUTUARIA al momento de cancelarse el presente mutuo y sus intereses adeudados. En caso de ser necesario accionar judicialmente, la parte MUTUANTE se obliga a accionar por el pagaré o por el presente contrato, pero no por ambos. -------------------------------------------------------------
DECIMA PRIMERA: CONSTITUCION DE DOMICILIOS. A todos los efectos de carácter legal, las partes constituyen domicilio: la parte MUTUANTE: en ............., y la parte MUTUARIA en el denunciado en el comienzo de este contrato de MUTUO. En estos domicilios se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos judiciales o extrajudiciales que se hagan. -----------------------------------------------------
DECIMA SEGUNDA: JURISDICCION. Para todos los efectos derivados de este contrato, ambas partes se someten a la competencia ordinaria de los Tribunales de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles. ---------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados al comienzo del presente. ----------------------------------------------------------
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Firma MUTUANTE (acreedor) Firma MUTUARIO (deudor)
Es mi primer mutuo. Me dicen si hice todo bien, si sobra o si falta algo.
Gracias !!!!
CONTRATO de MUTUO.
En la ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Septiembre de 2009, entre ................, D.N.I. ........., domiciliado en la .........., Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado EL MUTUANTE (acreedor), por una parte, y el Sr. …………………………………………………… D.N.I. …………………… , domiciliado en la calle …………………, en adelante denominado EL MUTUARIO (deudor), por la otra parte, se conviene en celebrar el presente contrato de mutuo o préstamo de dinero, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: -----------------
PRIMERA: ENTREGA DE DINERO. La parte MUTUANTE entrega en este acto, en carácter de préstamo, a la parte MUTUARIA la suma de Dólares Estadounidenses Quince Mil (U$S 15.000.-), suma que la parte MUTUARIA acepta de plena conformidad, sirviendo el presente de suficiente recibo.
SEGUNDA: OBLIGACION DE DEVOLUCION. FORMA DE PAGO. La parte MUTUARIA se compromete devolver la suma prestada en una sola cuota, con vencimiento el día 20 de Enero de 2010, sin necesidad de requerimiento ni interpelación alguna por parte de la parte MUTUANTE. ---------
TERCERA: MONEDA DE PAGO. El presente préstamo deberá cancelarse en dólares norteamericanos. Queda aclarado que, si por cualquier causa se afectara, suspendiere o modificara la paridad cambiaria existente a la fecha el Mutuario se compromete expresamente a cancelar sus obligaciones emergentes del presente mediante dólares norteamericanos, adquiridos conforme a la paridad oficial o no, en el mercado local u otro del extranjero. ---------------------------------------
CUARTA: CLAUSULA DE INTERESES. La parte MUTUARIA se obliga a abonar, en la misma fecha de vencimiento indicada en la Cláusula Segunda –esto es el día 20 de Enero de 2010-, conjuntamente con el importe del préstamo, un interés que se pacta libremente entre las partes en el 20% calculado sobre el capital del préstamo. Ello equivale a un interés que asciende a la suma de Dólares Estadounidenses Tres Mil (U$S 3.000.-), lo que totaliza –conjuntamente con el capital adeudado- la suma de Dólares Estadounidenses Dieciocho Mil (U$S 18.000.-). ----------
QUINTA: INCUMPLIMIENTO. MORA AUTOMATICA. En caso de incumplimiento en el pago de la cuota estipulada en la fecha de vencimiento establecida, tanto del capital como de los intereses, se producirá la mora en forma automática de la parte MUTUARIA, de pleno derecho y sin necesidad de intimación ni requerimiento alguno por parte del MUTUANTE y devengará un interés del 2% mensual, que se aplicará sobre el capital y los intereses adeudados y hasta el efectivo pago. ----
SEXTA: IMPUTACION DE LOS PAGOS. En el supuesto previsto en la Cláusula Quinta, la parte MUTUANTE imputará los pagos de la parte MUTUARIA, primero a cancelar los gastos originados en la mora, luego los intereses establecidos en la Cláusula Quinta, seguidamente a los intereses estipulados en la Cláusula Cuarta, y por último a la cancelación del capital adeudado. ---------------------------------------------------------
OCTAVA: CADUCIDAD DE PLAZOS. Los plazos acordados caducarán también de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, judicial o extrajudicial, cuando con relación a la parte MUTUARIA se pidiere o decretare su quiebra o concurso. --------------------------------------------------------
NOVENA: DOMICILIO DE PAGO. Las partes convienen que el lugar de pago y cancelación del presente contrato será en ................. o donde en el futuro indique la parte MUTUANTE. ------------------------------
DECIMA: PAGARE. En garantía de cumplimiento del presente se firma un pagaré sin protesto por la suma de Dólares Estadounidenses Dieciocho Mil (U$S 18.000.-), el cual será restituído por la parte MUTUANTE a la parte MUTUARIA al momento de cancelarse el presente mutuo y sus intereses adeudados. En caso de ser necesario accionar judicialmente, la parte MUTUANTE se obliga a accionar por el pagaré o por el presente contrato, pero no por ambos. -------------------------------------------------------------
DECIMA PRIMERA: CONSTITUCION DE DOMICILIOS. A todos los efectos de carácter legal, las partes constituyen domicilio: la parte MUTUANTE: en ............., y la parte MUTUARIA en el denunciado en el comienzo de este contrato de MUTUO. En estos domicilios se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos judiciales o extrajudiciales que se hagan. -----------------------------------------------------
DECIMA SEGUNDA: JURISDICCION. Para todos los efectos derivados de este contrato, ambas partes se someten a la competencia ordinaria de los Tribunales de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles. ---------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados al comienzo del presente. ----------------------------------------------------------
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Firma MUTUANTE (acreedor) Firma MUTUARIO (deudor)
Rubia
