Buenas tardes!, necesito evacuar una duda. El tema es el siguiente: una persona celebra un contracto de locaciòn por el termino de dos años. Al finalizar el mismo, la inmobiliaria constata que la inquilina devuelve el inmueble en el mismo estado que el recepcionado. Ahora bien, el locador, tiene 90 dias para restituir la garantia que le fuera otorgada ante un eventual daño que sufra el departamento. Cerca de cumplirse dicho plaza, el locador comunica a la inmobiliaria que no va a devolver el dinero, pq se empapelò una pared del depto, y pq no funciona el calefòn (que fue arreglado por la inquilina dos veces). Ah, el locador prestò conformidad con la entrega del inmuble y firmò constancia de ello.
Se que ante todo, se debe intimar al pago, una vez cumplido el tiempo, luego mediciaciòn y ds proceso.
Pero bajo que acciòn? incumplimiento de contrato?, puede ir aparte un daños y perjuicios?
La inmobiliaria esta a favor de la inquilina! Gracias, y espero opiniones!
dR. sERIO
Se que ante todo, se debe intimar al pago, una vez cumplido el tiempo, luego mediciaciòn y ds proceso.
Pero bajo que acciòn? incumplimiento de contrato?, puede ir aparte un daños y perjuicios?
La inmobiliaria esta a favor de la inquilina! Gracias, y espero opiniones!
dR. sERIO
