Hola estoy en duda con la competencia territorial para iniciar el cobro de unos honorarios. El origen de los emolumentos esta dado por una pensión directa iniciada ante la antigua AFJP Orígenes, en la sucursal de Belgrano. En agosto le mandé Carta documento solicitando el pago de los honorarios, sin embargo la carta fue recibida por la hija (pero de los honorarios ni noticia). La beneficiaria de la Pensión vive en Florencio Varela, y yo me encuentro en San Martín. El tema es ¿En que jurisdicción debo iniciar la causa? San Martín, Capital o Quilmes?. Espero que algún colega pueda ayudarme...Gracias.
La verdadera sabiduría está en reconocer la propia ignorancia.(Sócrates)
